Convenio Colectivo de Sec...Valenciana

Última revisión
27/12/2017

Sentencia/Laudo. Convenio Colectivo de Sector de RECOLECCION DE CITRICOS (80000105011990) de Comunidad Valenciana

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 04 de Octubre de 2017

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Documento oficial en PDF(Páginas 190-190)

RESOLUCION de 11 de diciembre de 2017, de la Subdireccion General de Relaciones Laborales de la Direccion General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se ordena la publicacion del fallo de la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo numero 756/2017, de 4 de octubre de 2017, recaida en Recurso de casacion numero 176/2016, interpuesto por la Confederacion Sindical de Comisiones Obreras del Pais Valenciano, contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 26 de enero de 2016, que desestimaba la pretension ejercitada en la demanda interpuesta por la Federacion Agroalimentaria de Comisiones Obreras del Pais Valenciano, y que estima, en parte, anulando el articulo 9 del Convenio colectivo de recoleccion de citricos de la Comunidad Valenciana. [2017/11814] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 8199 de 27/12/2017)

Vista la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo número 756/2017, de 4 de octubre de 2017, recaída en Recurso de casación número 176/2016, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano, contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 26 de enero de 2016, en actuaciones número 28/2015, que desestimaba la pretensión ejercitada en la demanda interpuesta por la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras del País Valenciano, que estima, en parte, anulando el artículo 9 del Convenio colectivo de recolección de cítricos de la Comunidad Valenciana, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, y en el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, y en el artículo 4.3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, resuelve:

Dar publicidad, mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, al fallo de la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo número 756/2017, de fecha 4 de octubre de 2017, en relación al Convenio colectivo de recolección de cítricos de la Comunidad Valenciana, publicado en fecha 26 de mayo de 2015, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«1. Estimar en parte el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justícia del País Valenciano, de fecha 26 de enero de 2016, en actuaciones número 28/2015.

2. Anular el artículo 9 del Convenio colectivo impugnado en los particulares relativos al contrato para obra o servicio determinado.

3. Confirmar el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida.

4. Sin costas.»

València, 11 de diciembre de 2017.- El subdirector general de Relaciones Laborales: Juan Ignacio Soler Tormo.