Convenio Colectivo de Sec...94) de BOE

Última revisión
17/05/2023

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ELABORADORES DE PRODUCTOS COCINADOS PARA SU VENTA A DOMICILIO (99008685011994) de BOE

Sector Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 441-444)

Resolucion de 3 de mayo de 2023, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de revision de las tablas salariales del año 2023 del Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio. (Boletín Oficial del Estado num. 117 de 17/05/2023)

Visto el texto del Acta de revisión de las tablas salariales del año 2023 del Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio (código de convenio núm. 99008685011994), que ha sido suscrita con fecha 9 de marzo de 2023, de una parte por la Asociación Española de Comidas Preparadas para su Venta a Domicilio (PRODELIVERY), en representación de las empresas del sector, y de otra por el sindicato FeSMC-UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Madrid, 3 de mayo de 2023.-La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEL AÑO 2023 DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ELABORADORES DE PRODUCTOS COCINADOS PARA SU VENTA A DOMICILIO

Por FeSMC-UGT:

José Francisco Pizarro.

David Arriví.

Antonio Sánchez.

Juan Antonio Moreno.

Blanca Sandoval.

Luis Tárraga.

Omar Rodríguez (asesor).

Martín Moreno (asesor).

Por PRODELIVERY:

Jesús Torres.

Raúl Fernández.

Daniel Macho.

Eduardo Ortega.

En Madrid, siendo las 16 horas del día 9 de marzo de 2023 se reúnen las partes reseñadas en el encabezamiento del presente escrito, en su condición de Comisión Negociadora del vigente Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos Cocinados para su Venta a Domicilio, adoptando los siguientes acuerdos:

1.º En cumplimiento de lo desarrollado en el anexo de Condiciones Económicas de la citada norma colectiva, y una vez publicado en el BOE el salario mínimo profesional para el año 2023, se procede a la firma de las tablas salariales para el citado ejercicio de 2023, las cuales se adjuntan como anexo a la presente acta y son firmadas por todas las partes.

Expresamente se establece que los atrasos a abonar por parte de las empresas, con efectos de 1 de enero de 2023, se deberán llevar a cabo en el plazo máximo de un mes a contar desde la publicación de las presentes tablas salariales y resto de conceptos económicos en el BOE.

2.º La Comisión Negociadora autoriza expresamente a don Eduardo Ortega para que lleve a cabo los trámites de presentación, registro y solicitud de posterior publicación de la presente Acta y sus anexos ante la Autoridad Laboral competente.

Y sin más asuntos que tratar y ratificándose cada representación en el contenido íntegro de este escrito y en el anexo adjunto, lo firman en la ciudad y fecha que se indican en el encabezamiento.

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