Convenio Colectivo de Sec... de Cuenca

Última revisión
25/04/2011

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS EXPENDEDORAS Y DE FABRICACION DEL PAN (16000175011982) de Cuenca

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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Revision salarial del convenio colectivo de panaderias de la provincia de Cuenca para el año 2010. Ccodigode convenio numero16000175011982 (Boletín Oficial de Cuenca num. 47 de 25/04/2011)

Preambulo

VISTA el Acta de Revisión Salarial y el Anexo I de la Tabla Salarial del Convenio Colectivo de Panaderías de la Provincia de Cuenca (Industrias Expendedoras y de Fabricación de Pan) para el año 2010 (código de convenio número16000175011982), suscrito de una parte, en representación de Asociación Provincial de Fabricantes y Expendedores de Pan (AFEPAN), por D. Carlos Paños Serrano, y de otra, en representación de los trabajadores, por D. Francisco Javier Martínez Mora por CC.OO., y por D. Jesús LaínCalleja por U.G.T., de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90 núms. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo, Estatuto de los Trabajadores, el Art. 2° del Real Decreto 713/2010 de 28 de Mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el Real Decreto 384/1995 de 10 de Marzo sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Trabajo y el Decreto 98/2010, de 1 de junio (D.O.C.M.de8 de Junio) por el que se establece la Estructura Orgánica y Competencias de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, en relación con el Decreto 77/2006 de 6 de Junio de 2006, de la Consejería de Trabajo y Empleo por el que se atribuyen las competencias derivadas del proceso de transferencias en materia de Cooperativas, Sociedades Laborales, Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, acuerda:

1°.-

Ordenar su inscripción en el Libro de Registro de Convenios Colectivos, así como su archivo y depósito en esta Delegación Provincial, con notificación a la Comisión Negociadora.

2°.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuenca, 1 de abril de 2011.

- La Delegada Provincial (según Decreto 244/2010, D.O.C.M. 22-12-2010).- P. S. El Jefe de Servicio de Trabajo, Fdo.: Ramiro AliqueLuis.

ACTA DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO PROVINCIAL PARA LAS INDUSTRIAS EXPENDEDORAS Y DE FABRICACIÓN DE PAN DE CUENCA DEL AÑO 2010.

En la Ciudad de Cuenca, siendo las 12:00 horas del dÍa 7 de marzo de 2010, reunidos en la sede de la Asociación Provincial de Industrias Expendedoras y de Fabricación de Pan de Cuenca, sita en la calle Cardenal Gil de Albornoz, número 25.ª planta, por las Centrales Sindícales, D. Francisco Javier Martínez Mora, de CC.OO., y D. Jesús LaínCalleja de U.G.T., y por la ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE FABRICANTES Y EXPENDEDORES DE PAN DE CUENCA (AFEPAN), D. Carlos Paños Serrano, al objeto de rubricar el Acta de Revisión de las Tablas Salariales correspondientes al ejercicio 2010, se adopta el siguiente

ACUERDO:

Aprobar la revisión de la Tabla Salarial y demás conceptos salariales para el ejercicio 2010, como consecuencia de la desviación del IPC anual, abonando las empresas afectadas tal incremento con carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2010, adjuntando a la presente Acta la Tabla Salarial como Anexo.

Y sin más asuntos que tratar, se da por finalizado el acto, firmando la presente Acta y Anexos en prueba de conformidad, en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I TABLA SALARIAL REVISADA DEL AÑO 2010

Categorías Profesionales

Técnicos:................. Euros/Mes

Jefe de fabricación................. 1.015,75

Jefe de taller mecánico............. 996,36

Administrativos:

Jefe de Oficina o Contabilidad........ 945,61

Oficial Administrativo............... 930,25

Auxilia de Oficina.................. 868,79

................................. Euros/Día

Personal Obrero:

Ayudante de encargado............. 29,20

Amasador........................ 29,44

Ayudante de Amasador............. 29,06

Oficial ...........................29,06

Especialista....................... 29,06

Fogonero........................ 29,06

Gasista.......................... 29,06

Encendedor....................... 29,06

Engrasador....................... 29,06

Mecánico de Primera............... 29,33

Mecánico de Segunda.............. 29,19

Mecánico de tercera................ 28,87

Peón ............................28,40

Maestro encargado................. 30,40

Oficial de Pala.................... 30,40

Oficial de masa................... 30,40

Oficial de mesa................... 29,00

Ayudante........................ 28,40

Servicios complementarios:

Mayordomo...................... 29,20

Chóferinter-Iocal..................30,40

Vendedor/a establecimiento.......... 27,88

Transporte de Pan a despacho.......29,20

Limpiador/a....................... 28,40

Artículo 12º: 3,42 euros por día efectivamente trabajado.

Artículo 16º: 93,75 euros, compra de dos equipos de vestuario anuales.

Artículo 19°: 57,92 euros mensuales, beneficios conductores.