Última revisión
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS Y DESPACHOS (46000805011981) de Valencia
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 12 de Julio de 2011
Anuncio de la Conselleria de Economia, Hacienda y Empleo sobre acta de la Comision Paritaria del convenio colectivo de trabajo del sector de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia. (Boletín Oficial de Valencia num. 163 de 12/07/2011)
ANUNCIO
Expediente: 46/01/0004/2011
Código 46000805011981
RESOLUCIÓN de fecha 1 de julio de 2011 de la Dirección Territorial de Empleo y Trabajo de Valencia, por la que se dispone el registro oficial y publicación del acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de trabajo del sector de OFICINAS Y DESPACHOS de la provincia de Valencia.
VISTO el contenido del acta de la Comisión Paritaria de fecha 14 de junio de 2011, por la que se acuerda la modificación del artículo 5 del convenio, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Primero.-
Ordenar su inscripción en el Registro de convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la representación de la Comisión Paritaria y depósito del texto original del acta citada.
Segundo.-
Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Jorge Ramos Jimenez.
ACTA COMISIÓN PARITARIA CONVENIO OO.DD. PARA LA PROVINCIA DE VALENCIA
ASISTENTES:
Carmen Pleite (AEODCV.)
José Oltra (AEODCV.)
Miguel Sanmartín (COMFIA-CC.OO.-P.V.)
Jesús Ordiñana (COMFIA-CC.OO.-P.V.)
Encarna Martín (FeS-UGT-P.V.)
María Moral (FeS-UGT-P.V.)
En Valencia, siendo las 16.30h. del día 14 de Junio de 2011, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio de OO.DD. de la provincia de Valencia, en los locales de la Federación de Servicios de la UGT de P.V., para tratar como único punto del ORDEN DEL DÍA, el artículo 5 del Convenio Colectivo del sector de oficinas y despachos de la provincia de Valencia, publicado en el BOP. número 41 de 18 de febrero de 2009.
El citado artículo indica que seis meses antes de que finalice la vigencia del Convenio tendrá que formalizarse la correspondiente denuncia, o sea, antes del 30 de junio del presente año.
La Representación Empresarial y la Representación de los Trabajadores quieren poner de manifiesto, que teniendo en cuenta la reciente publicación de la reforma de la negociación colectiva, el pasado 10 de junio R.D. 7/2011 y que esta normativa todavía no está suficientemente analizada y desarrollada, ambas partes, en base a lo anterior,
ACUERDAN
Modificar el citado artículo en vistas a que en unos meses se hayan fijado los criterios definitivos de la aplicación de la norma.
Así, el artículo 5 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Provincia de Valencia sobre prórroga y denuncia, quedaría redactado de la siguiente manera:
"Ambas partes se comprometen a crear una comisión para la negociación del nuevo convenio para el año 2012. Dos meses antes de que finalice la vigencia del presente convenio habrá de formalizarse la correspondiente denuncia, esto es, a 31 de octubre de 2011, y de no mediar ésta se entenderá prorrogado tácitamente de año en año. Las cláusulas normativas (Art. 86-3
Y sin más asuntos que tratar se da por finalizada esta sesión, firmando como prueba de conformidad la presente acta en lugar y fecha al principio indicados.
Por la Representación Empresarial
Fdo. Carmen Pleite Broseta - (AEODCV)
Por la Representación de los Trabajadores
Fdo. Encarna Martín Soriano-FeS-UGT, P.V. Fdo. Miguel Sanmartín i Aliaga-Comfia-CC.OO., P.V.
2011/21517
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