Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
25/08/2021

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de MINORISTAS DE ALIMENTACION (33000235011980) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 20 de Julio de 2021 en adelante

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Resolucion de 6 de agosto de 2021, de la Consejeria de Industria, Empleo y Promocion Economica, por la que se ordena la inscripcion del acuerdo de la comision paritaria del Convenio Colectivo de sector Minoristas de Alimentacion del Principado de Asturias para los años 2018-2023 (expediente C-006/2020, codigo 33000235011980), en el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad dependiente de la Direccion General de Empleo y Formacion. [Cod. 2021-07842] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 164 de 25/08/2021)

Vista la solicitud de inscripción del acta de acuerdo de la comisión paritaria de fecha 20 de julio de 2021, sobre interpretación del artículo 6 del convenio colectivo de sector Minoristas de Alimentación del Principado de Asturias para los años 2018-2023 (expediente C-006/2020 Código 33000235011980), recibido a través de medios electrónicos ante el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias el 5 de agosto de 2021, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 91, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 2.1.c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 17 de junio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica en el titular de la Dirección General de Empleo y Formación, por la presente.

Ordenar su inscripción en el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Formación, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 6 de agosto de 2021.-El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.-P. D. autorizada en Resolución de 17-06-2020, publicada en el BOPA núm. 119, de 22-VI-2020, el Director General de Empleo y Formación.-Cód. 2021-07842.

En Oviedo, a 20 de julio de 2021.

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE MINORISTAS DE ALIMENTACIÓN

Reunidos los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Minoristas de Alimentación, se llega a un acuerdo de interpretación del artículo 6 del Convenio, en lo que se refiere a los días de libre disposición regulados en las letras a) y b) del referido artículo, en el sentido de aclarar lo siguiente:

El orden de petición entre el día regulado en la letra a) y el regulado en la letra b) será a elección del trabajador/a.

Lo cual se firma, en prueba de conformidad, en el lugar y fecha arriba indicados.

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