Convenio Colectivo de Sec... Castellón

Última revisión
26/11/2013

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA, CORCHO, CHAPAS Y TABLEROS (VENCIDO. Ver 80100085012017) (12000205011967) de Castellón

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2014

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Documento oficial en PDF(Páginas 12-13)

Resolucion y Texto del Acuerdo sobre el calendario laboral para 2014, alcanzado en el sector de Industrias de la madera, corcho, chapa y tableros en la provincia de Castellon (Boletín Oficial de Castellón num. 142 de 26/11/2013)

Preambulo

Visto el texto del Acuerdo alcanzado por parte de los representantes de los empresarios y trabajadores para el sector de Industrias de la madera, corcho, chapas y tableros de la Provincia de Castellón, relativo al calendario laboral para 2014, presentado en esta Dirección Territorial en fecha 14 de noviembre de 2013, en base a lo dispuesto en los arts. 89.1 y 90.2 y 3 del R.D.L. 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en el art. 2.1º del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y en el art. 3 de la Orden 37/2010 de 24 de septiembre de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo ACUERDA:

PRIMERO.-

Ordenar su inscripción en el registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la misma, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

SEGUNDO.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Castellón, 18 de noviembre de 2013

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO, Miguel Jarque Almela.

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DE LA MADERA, AFINES Y DERIVADOS DE LA PROVINCIA DE CASTELLON.

ASISTENTES

Por la parte social:

Por FECOMA-CC.OO.:

D. Miguel Montalbán Gámez

D. Atilano Escobar Iniesta

D. Juán R.Bayarri Vinaixa

D. Armand Besalduch Tarrego

D. Francisco Medinilla Gómez

D. Ramón Pauner Marti

Por MCA-UGT:

D. Miguel Sebastián ara

D. Ferrán Ortiz Gómez

D. Luis Hernández Hernandez

D. Juan Vte. Fontanet Artiga

Dñª Concepción Querol Antoli.

D. Jose Ramón Ortiz Robles

Por la parte empresarial:

Por APEMA:

D. Modesto Jaime Galindo

D. José Luis Pérez Ribera

D. Miguel A.Llorens Centelles

Por ASOCIACIÓN DEL BAIX MAESTRAT:

D. Juan Manuel Urquizu Mejias

D. Javier Marzal Senen

D.Luis Marzá Mercé (Asesor)

En Castellón siendo las 17 horas del día 12 de noviembre del año 2013, en los locales de CCOO y con la asistencia de los señores/as reseñados al margen, tiene lugar la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Industria de la Madera, Afines y Derivados de la provincia de Castellón.(Código de convenio nº 120000205011967).

Tras diversas deliberaciones las partes llegan al siguiente

ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO DE CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2014.

1.- Habida cuenta de que la jornada anual para el año 2014 es de 1752 horas, salvo pacto en contrario entre empresa y trabajadores, que podrán establecer el calendario que libremente convengan para el año 2014 y que deberá estar expuesto en el tablón de cada empresa antes del 31 de enero.

Para el año 2014 las partes firmantes están de acuerdo en que, sin perder su carácter laboral para futuros acuerdos, se consideran como no laborables, los siguientes días:

2 y 3 de enero

20 y 21 de marzo

2 de mayo

10 de octubre

24, 26 y 31 de diciembre

En el caso en que no exista acuerdo en estos días propuestos en el seno de la empresa, el 50% los propondrá la dirección de la empresa y el 50 % restante los representantes legales de los trabajadores.

Este computo de días se ha realizado suponiendo que ninguna festividad patronal coincida en sábado en el calendario del año 2014, y bajo el supuesto de que en el periodo de vacaciones se den 21 días laborables, y la jornada sea de 8 horas por día.

En caso de cómo consecuencia de la negociación del convenio de la Industria de la Madera, afines y derivados de la Provincia de Castellón, se establezca una jornada distinta, o bien por norma o disposición legal jerárquica superior se establezca lo contrario (modificación de días festivos u otro aspecto que incida en el computo anual de horas de trabajo), las partes acuerdan reunirse para realizar el ajuste oportuno.

2.- Facultar a D. Miguel Montalbán Gámez, para la presentación de este acta, ante el registro correspondiente, para su depósito y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.

3.- Para la firma de la presente Acta se acuerda que serán los siguientes representantes:

Por la parte empresarial:

Modesto Jaime (APEMA)

Juan Manuel Urquizu (Asociación Baix Maestrat)

Por la representación sindical:

Atilano Escobar (Fecoma-CCOO)

Ferran Ortiz (MCA-UGT)

Y en prueba de conformidad, firman por cuadruplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba expresados.