Convenio Colectivo de Sec...iudad Real

Última revisión
02/12/2003

Revision. Convenio Colectivo de Sector de SIDEROMETALURGIA (13000345011982) de Ciudad Real

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2002

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Depositado elConvenio Colectivo de Siderometalurgia, sobre revisiones de I. P. C. para el 2002 y 2003. (Boletín Oficial de Ciudad Real num. 14 de 31/01/2003)

Preambulo

Visto el acta de fecha 20- 01- 03, de la comisión negociadora del Convenio Colectivo Siderometalurgia, de la provincia de Ciudad Real, sobre las revisiones del I. P. C., para el año 2002 por diferencia salarial y para el 2003, del convenio colectivo vigente de ámbito Sectorial para la citada actividad, de la provincia de Ciudad Real, presentada en este Servicio de Trabajo para su registro y publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 5º del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, (B. O. E. del 6 de junio), sobre Registro y Depósitos de convenios colectivos de trabajo.

Esta delegación provincial de industria y trabajo

Acuerda:

1º.- Proceder a la inscripción de las citadas revisiones, en el Libro de Registro de Convenios Colectivos, con el número de registro de convenio 1300345.

2º.- Disponer su publicación y de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.

Así lo acuerdo y firmo en Ciudad Real, a 21 de enero de 2003. - El Delegado Provincial, P. S., el Secretario de la Delegación, Fernando Acebrón Antón.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO PROVINCIAL DE SIDEROMETALURGIA DE CIUDAD REAL

Asistentes:

Parte empresarial:

- Doña Araceli Domenech Sebastiá (asesora).

- Don Agustín Puebla Coello.

- Don Manuel Carmona Rubio.

Parte Social:

CC. OO.:

- Don Antonio Cervantes Jiménez (asesor)

- Don Isidoro Doblado.

- Don Estanislao Muñoz Calero.

- Don José Carlos Cabañas Gómez.

- Don Jesús de Miguel Espinosa.

- Don José Moratalla Vela.

- Don Jesús Carlos Pérez Pérez.

U. G. T.:

- Don Sebastián Correas Barrilero (asesor).

- Don Saturnino Mora Bertolo.

- Don José Antonio Tello del Burgo.

- Don Pablo Muñoz Verdú.

- Don Vicente Alfonso Martínez Palomera

- Don Manuel Bermejo Fúnez.

- Don Pedro Juárez Vozmediano.

En Ciudad Real, siendo las 11,00 horas del día 20 de enero de 2003, en los locales de la Confederación Provincial de Empresarios, reunidos los arriba relacionados, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial para la actividad de Siderometalurgia de Ciudad Real han adoptado los siguientes acuerdos:

Primero

Constatado que el IPC registrado por el INE a 31 de diciembre de 2002 ha sido el 4%, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 del Convenio Colectivo Provincial de Siderometalurgia de Ciudad Real, se efectúa una revisión salarial sobre las tablas salariales definitivas del 2001 en el 1,25%.

Por tanto, una vez efectuada la revisión en el exceso sobre el 2,75% pactado, el incremento salarial total del año 2002 con respecto a las tablas del 2001, ha sido del 4,5%. (Anexo I).

Para el año 2003, la subida salarial es 2,5% dando como resultado la tabla salarial provisional que se acompaña en el anexo II.

Las diferencias económicas que se producen como consecuencia de aplicar la revisión salarial en las tablas del año 2002, tienen efectos retroactivos desde el día 1 de enero de 2002 y se harán efectivas a los trabajadores como máximo en el mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia

Segundo

Se incrementan para el año 2003 en el 2,5% los siguientes conceptos económico del convenio colectivo:

- Dieta completa: 36,96 euros.

- Media dieta: 10,98 euros.

- Dieta internacional: 46,21 euros.

Plus transporte: - 2002: 2,93 euros.

- 2003: 3,00 euros.

Plus carencia incentivos: - 2002: 2,73 euros.

- 2003: 2,80 euros.

- Indemnización por accidente de trabajo (artículo 17) en el 2003: 25.442,35 euros.

- Plus distancia (artículo 30): 0,25 euros Km. en el año 2003.

- Premio de constancia y vinculación (artículo 18) para el 2003:

- A los 60 años: 3.120,82 euros.

- A los 61 años: 2.600,67 euros.

- A los 62 años: 2.079,79 euros.

- A los 63 años: 1.586,26 euros.

- A los 64 años: 1.040,27 euros.

Tercero

Las cantidades que resulten de la aplicación retroactiva de este Convenio, en concepto de atrasos, serán satisfechas a los trabajadores en el mes inmediato siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuarto

Elevar copia de la presente acta y las tablas salariales que figuran en el anexo I, II, III a la Delegación Provincial de la Consejería de Industria y Trabajo de la JJ. CC., para que proceda a su registro reglamentario y a su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinto

Que a efectos de notificaciones se designan los siguientes domicilios:

CC. OO., MineroMetal C/Alarcos, 24- 5º plta.

Ciudad Real. MCA- U. G. T., C/Alarcos, 24, 7 plta.

Ciudad Real. CEOE- CEPYME, Ronda de la Mata, 1 Ciudad Real.

Y en prueba de conformidad firman las partes la presente acta a los efectos oportunos.

ANEXO II

Tablas de retribuciones provisionales 2003.

I. Técnicos titulados, Arquitectos y Licenciados: 769,92 euros/mes.

II. Peritos, Aparejadores, Ayudantes. Ingeniero y Arquitectura, Jefe Administrativo de Primera, Delineante Proyectista Jefe de Laboratorio, Jefe Organización Primera, Maestro Industrial, Jefe de taller: 745,11 euros/mes.

III. Graduado, profesionales de enseñanza, A. T. S., Jefe de Segunda Administrativo, Delineante Primera, Fotógrafo/práctico, Topografía, Jefe de Sección Laboratorio, Jefe Sección de Organización de Segunda y Maestro de Taller: 720,34 euros/mes.

IV. Analista de Primera, Delineante Segunda, Archivero Bibliotecario, Técnico Organización Primera, Oficial Primera Administrativo, Viajante, Maestro Segunda Taller, Encargado Taller y Contramaestre: 700,47 euros/mes.

V. Oficial Segunda Administrativo, Analista de Segunda, Técnico de Organización: 686,93 euros/mes.

VI. Reproductor Fotográfico, Reproductor Planos, Aux. Técnico, Aux. Laboratorio, Aux. Administrativo y Cabo de Guardia: 670,78 euros/mes.

VII. Listero, Almacenero, Pesador de Báscula, Guarda Portero, Conserje, Enfermero, Vigilante, Ordenanza y Telefonista: 655,95 euros/mes.

VIII. Capataces y Jefe de Equipo: 22,78 euros/día.

IX. Oficial Primera Siderúrgico, Chofer camión: 22,53 euros/día.

X. Oficial Segunda Siderúrgico, Chofer turismo: 22,30 euros/día.

XI. Oficial Tercera Siderúrgico: 22 euros/día.

XII. Especialista y Mozos Especialistas: 21,78 euros/día

XIII. Peones Ordinarios: 21,56 euros/día.

XIV. Aprendices de 16 y 17 años: 330,58 euros/mes.

XV. Aprendices de más de 18 años:

Primer año: 425,03 euros/mes.

Segundo año: 485,74 euros/mes.

Tercer año: 546,48 euros/mes.

ANEXO I

Tablas de retribuciones definitivas al 31- 12- 2002.

I. Técnicos titulados, Arquitectos y Licenciados: 751,14 euros/mes.

II. Peritos, Aparejadores, Ayudantes Ingeniero y Arquitectura, Jefe Administrativo de Primera, Delineante Proyectista, Jefe de Laboratorio, Jefe Organización Primera, Maestro Industrial, Jefe de Taller: 726,94 euros/mes.

III. Graduado, profesionales de enseñanza, A. T. S., Jefe de Segunda Administrativo, Delineante Primera, Fotógrafo/práctico, Topografía, Jefe de Sección Laboratorio, Jefe Sección de Organización de Segunda y Maestro de Taller: 702,77 euros/mes.

IV. Analista de Primera, Delineante Segunda, Archivero Bibliotecario, Técnico Organización Primera, Oficial Primera Administrativo, Viajante, Maestro Segunda Taller, Encargado Taller y Contramaestre: 683,39 euros/mes.

V. Oficial Segunda Administrativo, Analista de Segunda, Técnico de Organización: 670,18 euros/mes.

VI. Reproductor Fotográfico, Reproductor Planos, Auxiliar Técnico, Auxiliar Laboratorio, Auxiliar Administrativo y Cabo de Guardia: 654,42 euros/mes.

VII. Listero, Almacenero, Pesador de Báscula, Guarda Portero, Conserje, Enfermero, Vigilante, Ordenanza y Telefonista: 639,95 euros/mes.

VIII. Capataces y Jefe de Equipo: 22,22 euros/día.

IX. Oficial Primera Siderúrgico, Chófer camión: 21,98 euros/día.

X. Oficial Segunda Siderúrgico, Chófer turismo: 21,76 euros/día.

XI. Oficial Tercera Siderúrgico: 21,46 euros/día.

XII. Especialista y Mozos Especialistas: 21,24 euros/día.

XIII. Peones Ordinarios: 21,04 euros/día.

XIV. Aprendices de 16 y 17 años: 322,52 euros/mes.

XV. Aprendices de más de 18 años:

Primer año: 414,67 euros/mes.

Segundo año: 473,90 euros/mes.

Tercer año: 533,15 euros/mes.

ANEXO III

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)