Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
20/02/2008

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE MANIPULACION Y EXPORTACION DE FRUTOS SECOS (03000245011982) de Alicante

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Resolucion de la Direccion Territorial de Empleo y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicacion del texto del Acuerdo de Revision Salarial Anual del Convenio Colectivo de ambito provincial del Industrias de Manipulacion y Exportacion de Frutos Secos-Codigo de Convenio 0300245 (Boletín Oficial de Alicante num. 37 de 20/02/2008)

Preambulo

Visto el texto del Acuerdo de Revisión Salarial Anual del Convenio Colectivo arriba citado, recibido en esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo con fecha de hoy, suscrito por las representaciones de la Asociación Provincial de Almacenistas y Descascarilladores de Almendras, y de las CC. SS. Unión General de Trabajadores (U. G. T.) y Comisiones Obreras (CC. OO.), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos.

Esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo conforme a las competencias legalmente establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, y Decreto 65/2000, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la Comisión Negociadora y depósito del texto original del acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ACTA.

En San Vicente, siendo las diez treinta horas del día treinta y uno de enero de dos mil ocho, se reúnen los señores don Benjamin Pérez Martínez, don Vicente Marcos Linares, doña María del Carmen Garcerán Aliaga por U. G. T., don Armando Manzano Ferrer, don Juan Miguel Romero Galera, doña Eloisa Roche Molina, por CC. OO. y doña María José Llopis Marhuenda, don Enrique Mira Doménech y don Juan Antonio Coloma Peral por la Asociación Provincial de Empresas Almacenistas y Descascaradores de Almendra de la provincia de Alicante por parte Empresarial, quienes en sesión de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para la actividad, Manipulación y Exportación de Frutos Secos celebrada el pasado día 28 de febrero de 2006, se reconocieron mutua capacidad y legitimaron para constituir la referida Comisión Negociadora del Convenio, al objeto de tratar el siguiente

Orden del día. Único.- Aplicación de la cláusula de actualización pactada en el artículo 7º del Convenio Colectivo para la actividad de «Manipulación y Exportación de Frutos Secos» de la provincia de Alicante, para el tercer año de vigencia del Convenio, es decir, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008.

Abierto el acto, y de conformidad con lo pactado en el artículo 7º del Convenio se procede a confeccionar las tablas saláriales del año 2008 con un incremento del 2,75%, así como a modificar los artículos 25 y 26 del Convenio, por aplicación del referido porcentaje en las cuantías económicas en ellos establecidas, siendo aprobadas por unanimidad de los componentes de la Comisión negociadora del Convenio y uniéndose a la presente acta como anexo I de la misma.

Igualmente se acuerda que el plazo máximo de abono del incremento pactado será hasta el día treinta y uno de marzo de dos mil ocho.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión con pleno acuerdo de todos los componentes de la Comisión Negociadora, quienes firman la presente acta, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el lugar y fecha al encabezamiento indicados.

Tabla salarial del Convenio Colectivo para las «Industrias de Manipulación y Exportación de Frutos Secos de la Provincia de Alicante»

Para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008.

CATEGORÍA PROFESIONAL

SUELDO BASE

MENSUAL

EUROS

PERSONAL CON RETRIBUCION MENSUAL

1. PERSONAL TITULADO

INGENIEROS, LICENCIADOS, INTEND. MERCANTILES

1.201,85

AYUDANTES, PERITOS

1.068,31

2. PERSONAL NO TITULADO

ENCARGADO GENERAL

1.001,56

ENCARGADO DE SECCIÓN

890,80

VIAJANTE (SUELDO GARANTIZADO)

867,98

3. PERSONAL ADMINISTRATIVO

JEFE DE PRIMERA

1.161,79

JEFE DE SEGUNDA

1.061,62

OFICIAL DE PRIMERA

894,75

OFICIAL DE SEGUNDA

801,45

AUXILIAR

724,75

4. ASPIRANTES

DE 18 A 20 AÑOS

720,90

DE 16 A 17 AÑOS

600,00

CATEGORÍA PROFESIONAL

SEMANA

EUROS

PERSONAL CON RETRIBUCION DIARIA O SEMANAL

5. PERSONAL OBRERO

CAPATAZ

206,97

29,57

MAQUINISTA

200,27

28,61

CONDUCTOR (VEH. CARÁ MEC.)

200,27

28,61

PEÓN ESPECIALISTA

193,64

27,66

CAJILLERO/A

180,24

25,75

FAENERA

168,13

24,01

PEÓN

168,13

24,01

6. CONTRATOS EN FORMACION O PINCHÉS

DE 16 A 18 AÑOS

135,45

19,35

7. PERSONAL SUBALTERNO

SUBALTERNOS

168,13

24,01

MUJERES LIMPIEZA (POR HORAS)

168,13

24,01

BOTONES DE 16 A 18 AÑOS

140,00

20,00

Nota.- Sobre dichos salarios se aplicará los complementos diferidos (gratificaciones, antigüedad, plus de eventualidad, etc.).

Artículo 25.- Seguro complementario especial.- 21.046 y 28.136 respectivamente.

Trabajo.- A los 65 años 1.206 euros; a los 64 años, 1.452 euros; a los 63 años 1.694 euros; a los 62 años 1.936 euros; a los 61 años 2.183 euros y a los 60 años 2.544 euros.

Esta tabla está incrementada para el año 2008 con el 2,75%. Alicante, 12 de febrero de 2008. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.

Copyright © 2008 Iberley Información Legal S.L.