Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
23/11/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ESTABLECIMIENTOS DE HOSPITALIZACION (03000725011985) de Alicante

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004 en adelante

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Convenio Colectivo de ambito provincial de establecimientos de hospitalizacion. Revision salarial año 2004 (Boletín Oficial de Alicante num. 39 de 17/02/2004)

Preambulo

Visto el escrito presentado en el día de hoy, por la representación del Sindicat Intercomarcal de Sanitat de CC. OO. de l'AlacantíL es Marines y, en aplicación de lo determinado en el artículo 8, párrafo tercero del Convenio Colectivo de ámbito provincial de establecimientos de hospitalización, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 184- 2, de fecha 12 de agosto de 1992, en el que se establece la prórroga del convenio por períodos sucesivos de un año, llevará consigo el incremento salarial equivalente al aumento del I. P. C. más un punto, y la solicitud de registro, depósito y publicación de la correspondiente tabla salarial que recoge un incremento del 3,60% sobre la vigente, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 49, de fecha 28 de febrero de 2003.

Esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre y Decreto 65/2000, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa con notificación a las representaciones del sector.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO I

TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPITALIZACIÓN DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA EL AÑO 2004

Estas retribuciones para el año 2004, son el resultado de aplicar el párrafo segundo del Artículo 22 del Convenio de sector en vigor.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

Como resultado de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 22 del convenio, el plus de locomoción para 2004, queda fijado en 63,05 euros (10.490.- ptas.)

Alicante, 30 de enero de 2004. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.