Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
12/06/2023

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ENSEÑANZA PRIVADA REGLADA NO CONCERTADA (79002915012012) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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RESOLUCIÓN EMT/1972/2023, de 16 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Comisión negociadora del II Convenio colectivo de enseñanza privada reglada no concertada de Cataluña, relativo a las tablas salariales 2023 y 2024 (código de convenio núm. 79002915012012). (Diario Oficial de Cataluña num. 8934 de 12/06/2023)

RESOLUCIÓN EMT/1972/2023, de 16 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Comisión negociadora del II Convenio colectivo de enseñanza privada reglada no concertada de Cataluña, relativo a las tablas salariales 2023 y 2024 (código de convenio núm. 79002915012012).

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión negociadora del II Convenio colectivo de enseñanza privada reglada no concertada de Cataluña, relativo a las tablas salariales para el año 2023 y para el año 2024, suscrito en fechas 12 de enero de 2023, 2 de febrero de 2023 y 20 de abril de 2023, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Resuelvo:

—1 Disponer la inscripción del citado Acuerdo en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la comisión negociadora.

—2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Barcelona, 16 de mayo de 2023

Òscar Riu Garcia

Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Transcripción del texto original firmado por las partes

Acta de la reunión de la Comisión permanente negociadora para esclarecer la incidencia del SMI en la revisión salarial para el año 2023-2024 del Convenio colectivo autonómico de enseñanza privada reglada no concertada de Cataluña.

Asistentes:

Por la parte patronal:

EPIC

Alex Cerdá

Por la parte sindical:

UGT: Cristina Martín

USOC: Pere Forga

A las 10:30 horas del día 20 de abril de 2023, se reúnen en la sede de EPIC, los representantes de la patronal y de los sindicatos antes relacionados, con el fin de resolver la incidencia de la publicación del RD 99/2023, de 14 de febrero, por la que se fija el SMI para el año 2023, en las tablas salariales firmadas para los años 2023-2024, con el Orden del día siguiente:

1. Estudio del RD 99/2023, que establece el SMI para el año 2023 y su incidencia en las tablas salariales firmadas para los años 2023-2024.

2. Acuerdos alcanzados.

3. Designación del responsable de Gestión.

1. Estudio del RD 99/2023, que establece el SMI para el año 2023 y su incidencia en las tablas salariales firmadas para los años 2023-2024.

Se procede a la lectura del RD 99/2023, de 14 de febrero, que establece el SMI para el año 2023.

2- Acuerdos alcanzados

La Comisión permanente negociadora acuerda crear una nueva Disposición Adicional aclaratoria de la incidencia de la publicación del RD 99/2023 en las tablas salariales 2023-2024 recientemente firmadas, que pasará a formar parte integrante del vigente Convenio colectivo autonómico de enseñanza privada reglada no concertado de Cataluña.

Disposición Adicional quinta

Incidencia del SMI en las tablas salariales establecidas en el Anexo V

Aquellas categorías/grupos profesionales cuyo salario base más los complementos salariales que perciba la persona trabajadora sean inferiores al SMI, vigente en cada momento, deberá abonar un complemento salarial para que la cantidad global a percibir se equipare a dicho SMI en cómputo anual.

3. Designación del responsable de Gestión

Se acuerda nombrar responsable de Gestión, con el mandato de realizar todas las gestiones para el registro de la Disposición Adicional quinta del Convenio colectivo autonómico de enseñanza privada reglada no concertada de Cataluña y su posterior publicación en el DOGC a Alfonso Tobal Zapatel con DNI 43.445.XXX.

Sin más temas a tratar, finaliza la reunión a las 12:30 h

Estas tablas están confeccionades por 14 pagas.

El trienio solamente establece el valor mensual, que se hará efectivo en las 14 pagas.

TABLAS SALARIALES 2023-2024

(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR PDF)