Última revisión
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (79001245011997) de Cataluña
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 18 de Febrero de 2009 en adelante
RESOLUCION TRE/4147/2008, de 12 de diciembre, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo de la Comision negociadora del V Convenio colectivo de trabajo del sector de empresas de trabajo temporal de Cataluña (codigo de convenio 7901245). (Diario Oficial de Cataluña num. 5321 de 18/02/2009)
Visto el Acuerdo de la Comisión negociadora del V Convenio colectivo de trabajo del sector de empresas de trabajo temporal de Cataluña, suscrito el 6 de noviembre de 2008, de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.e) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 170.1.e) y j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,
Resuelvo:
1 Disponer la inscripción del Acuerdo de la Comisión negociadora del V Convenio colectivo de trabajo del sector de empresas de trabajo temporal de Cataluña (código de convenio 7901245) en el Registro de convenios de la Dirección general de Relaciones Laborales.
2 Disponer que el citado texto se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.
Notifíquese esta Resolución a la Comisión negociadora del Convenio.
Barcelona, 12 de diciembre de 2008
Salvador Álvarez Vega
Director general de Relaciones Laborales
Transcripción literal del texto firmado por las partes
ACUERDOS de la Mesa de Negociación del V Convenio colectivo del sector de las Empresas de Trabajo Temporal de Cataluña
Primero
Constituirse en la Mesa de Negociación del V Convenio colectivo del sector de Empresas de Trabajo Temporal de Cataluña.
Segundo
Celebrar la primera reunión negociadora en fecha de hoy.
Tercero
Manfiestar que las organizaciones que representan, fueron asimismo firmantes del IV Convenio colectivo de Catalunya.
Cuarto
Que dicho Convenio ha sido denunciado el pasado día 31 de octubre por el sindicato CC.OO
Quinto
Que las organizaciones representadas son asimismo firmantes del V Convenio colectivo estatal del sector, y que en atención al actual marco normativo vigente en el sector, convienen:
Que siendo su voluntad la de dejar sin efecto las previsiones reguladas en el Convenio colectivo de Empresas de Trabajo Temporal de Cataluña, dan por finalizada la negociación del mismo.
Que en consecuencia y tras los trámites oportunos, sea aplicable a las Empresas de Trabajo Temporal de Cataluña, el V Convenio colectivo estatal de Empresas de Trabajo Temporal en atención a su ámbito funcional y territorial de aplicación.
(08.354.134)