Convenio Colectivo de Emp...91) de BOE

Última revisión
18/11/2002

Convenio Colectivo de Empresa de SEVILLANA DE EXPANSION, S.A. (90007502011991) de BOE

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CORRECCIÓN DE ERRATAS DE LA RESOLUCION DE 20 DE MAYO DE 1997, DE LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Y PUBLICACION DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA «SEVILLANA DE EXPANSION, SOCIEDAD ANONIMA». (Boletín Oficial del Estado num. 249 de 17/10/1997)

En el Convenio Colectivo, anejo, artículo 18: «Ayuda a minusválidos», debe decir: «Se establece una ayuda de 10.000 pesetas mensuales durante la vigencia del presente Convenio para los hijos, hermanos o cónyuges de los trabajadores que tengan el 33 por 100, al menos, de minusvalía reconocida como tal...».

En el artículo 20: «Seguro colectivo de vida», existe un error en los capitales establecidos en el seguro colectivo de vida, que son los siguientes: «...3.000.000 de pesetas por muerte e invalidez permanente absoluta; 6.000.000 de pesetas en el supuesto de fallecimiento por accidente de trabajo; 9.000.000 de pesetas en el supuesto de fallecimiento por accidente de circulación.».