Convenio Colectivo de Emp... Andalucía

Última revisión
22/02/2012

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de SERVYGUAR GLEZ.GLEZ, S.L. (71001562012010) de Andalucía

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 82-84)

Resolucion de 6 de febrero de 2012, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion, deposito y publicacion del Acta de Revision Salarial del Convenio Colectivo de la Empresa «Servyguar Glez. Glez., S.L.» (Cod. 71001562012010). (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía num. 36 de 22/02/2012)

Preambulo

Visto el texto del Acta de Revisión Salarial de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa «Servyguar Glez. Glez., S.L.» (Cód. 71001562012010), recibido en esta Dirección General de Trabajo en fecha 26 de noviembre de 2011, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores con fecha 11 de marzo de 2011, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias, y Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías en relación con el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, esta Dirección General de Trabajo

RESUELVE

Primero.

Ordenar la inscripción, depósito y publicación del Acta de Revisión Salarial 2011 conforme al artículo 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer la publicación de dicha Acta de Revisión Salarial en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de febrero de 2012.

- El Director General, Daniel Alberto Rivera Gómez.

ACTA DE LA REUNIÓN 1/2011 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE LA EMPRESA SERVYGUAR GLEZ. GLEZ. S.L.

En Málaga a once de marzo de dos mil once, siendo las 18,30 horas. Reunidos en el domicilio social de la empresa el 100% de los miembros que componen la comisión paritaria del Convenio Colectivo de la empresa Servyguar Glez. Glez., S.L., que a continuación se detallan:

- Don Antonio González González, como representante de la empresa.

- Don Ignacio Javier Garín como presidente del Comité de Empresa.

- Don Giovanni Tomasi como Secretario/Vocal.

Para tratar el siguiente orden del día:

Punto 1. Revisión Salarial.

Punto 2. Aclaración del artículo 11.

Punto 3. Aclaración del artículo 22 «Lugar de Trabajo» y artículo 23 «Desplazamiento».

Punto 4. Fe de erratas.

Punto 5. Aclaración del artículo 30.

Punto 6. Autorización.

Punto 1. Revisión Salarial.

Primero. Ambas partes acuerdan que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Convenio, las tablas salariales iniciales de 2011, que se han confeccionado incrementando las de 2010 en un 1,3%, las cuales se adjuntas, para su publicación, a la presente acta en el ANEXO 1.

Segundo. Las citadas tablas serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2011.

Punto 2. Aclaración del artículo 11.

A fin de aclarar y dar una interpretación adecuada del punto 1 «in fine» del citado artículo, se acuerda unánimemente que el contrato llevado a cabo bajo esta modalidad, se resolverá cuando concluyan las obras o servicios objetos de la contratación.

Punto 3. Aclaración del artículo 22 «Lugar de Trabajo» y artículo 23 «Desplazamiento».

Es preceptivo aclarar que cuando se menciona el término «municipio» debe entenderse «lugar de trabajo».

Punto 4. Fe de erratas.

Por un error mecanográfico, en el artículo 23 «Desplazamiento» donde se detalla… «como tal en el artículo 21» debe decir … «como tal en el artículo 22».

Punto 5. Aclaración del artículo 30.

Tanto en cuanto no siempre hay indemnización a favor del trabajador, se entiende que la cantidad a descontar en el supuesto establecido en el artículo 30 «in fine» … «se llevará a cabo el descuento en el pago de la liquidación o indemnización según proceda».

Punto 6. Autorización.

La Comisión Paritaria autoriza a M.ª Dolores Martínez Muñoz para que en nombre de la misma realice el procedimiento de registro y depósito de la presente acta y solicite su publicación en el BOJA.

Sin más que tratar siendo las 20:30 horas en lugar y fecha «ut supra».

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