Convenio Colectivo de Emp...de Sevilla

Última revisión
20/08/2018

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de PROCAVI, S.L. de Sevilla

Empresa Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 15 de Junio de 2018

Tiempo de lectura: 19 min

Tiempo de lectura: 19 min

Acuerdo adoptado en el SERCLA entre la empresa Marcense de Externalizaciones S.L. y el Comite de Huelga. Codigo: 41104422042018. (Boletín Oficial de Sevilla num. 191 de 18/08/2018)

Convenio o acuerdo: Marcense de Externalizaciones, S.L. 41/2018/121.

Expediente: 41/04/0096/2018.

Fecha: 15 de junio de 2018.

Asunto: Resolución de inscripción y publicación.

Destinatario: Manuel Gallego Reyes.

Código: 41104422042018.

Vista el Acta de finalización del procedimiento de Conciliación-Mediación previo a la Convocatoria de Huelga ante la Comi- sión de Conciliación-Mediación del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (Sercla), su referencia: 41/2018/0121, promovido por don Antonio Caravaca Caro (Secretario General del Sindicato Provincial de Industria de CC.OO.), don José Bejarano Méndez (Secretario General del Sindicato Provincial FICA-UGT), don Juan García López (SAT Sevilla) y el Comité de Huelga de los trabajadores subcontratados en Procavi, frente a Adecco Outsourcing, S.A.U., Randstad Project Services y Marcense de Externalizaciones, S.L.

Visto lo dispuesto en el artículo 8 punto 2 del Real Decreto Ley 17/77, de 4 de marzo (in fine), «Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 77, a cuyo tenor se determina, que el pacto que ponga fin a la huelga tendrá la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo.

Visto lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) en relación con el artículo 2.1.d (in fine) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, según el cual, serán objeto de inscripción en los Re- gistros de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, así como los Acuerdos que ponen fin a la huelga.

Visto lo dispuesto en el artículo 4 punto 1 (in fine) del Reglamento de Funcionamiento y Procedimiento del Sistema Extraju- dicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (Sercla) («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 23, de 4 de febrero de 2004), que determina que, el texto del Acuerdo o Laudo que tenga atribuida eficacia de Convenio Colectivo, será remitido a la Autoridad Laboral para su registro y publicación, en los términos previstos en el artículo 90 del Estatuto de los Trabaja- dores (Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre).

Visto lo dispuesto en el artículo 6.1.c del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, que establece que los Laudos arbitrales y los Acuerdos de Mediación acordados en el seno de un sis- tema de Mediación o Arbitraje, serán objeto de inscripción a solicitud del órgano de dirección del organismo correspondiente.

Esta Delegación Territorial,

Acuerda

Primero.? Registrar y ordenar el depósito del Acuerdo adoptado en el Sercla, de fecha 1 de junio de 2018, entre don Antonio Caravaca Caro (Secretario General del Sindicato Provincial de Industria de CC.OO.), don José Bejarano Méndez (Secretario General del Sindicato Provincial FICA-UGT), don Juan García López (SAT Sevilla) y el Comité de Huelga de los trabajadores subcontratados en Procavi, frente a Adecco Outsourcing, S.A.U., Randstad Project Services y Marcense de Externalizaciones, S.L.

Segundo.? Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.

En Sevilla 15 de junio de 2018.? El Delegado Territorial de Economía Innovación Ciencia y Empleo en Sevilla, Juan Borrego Romero.

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A HUELGA ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Sevilla a 1 de junio de 2018, en el conflicto número 41\2018\0121, don Juan Antonio Cara Vaca Caro, D.N.I. 28725357J, en nombre y representación de Secretario General del Sindicato Provincial de Industria de CC.OO., don José Berjano Méndez, D.N.I. 28722764L, en nombre y representación de Secretario General del Sindicato Provincial FICA-UGT, don Juan García López, D.N.I. 48860082D, en nombre y representación de Sindicato SAT en Sevilla, y el Comité de Huelga de los Trabajadores Subcontratados en Procavi, D.N.I. , frente a Adecco Outsourcing, S.A.U., Randstad Project Services, y Marciense de Externalizaciones, S.L., se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan:

Antecedentes

Con fecha 22 de mayo de 2018, se registró de entrada escrito de iniciación ante el Sercla, interponiendo el presente conflicto.

Con fecha 24 de mayo de 2018, se cursaron citaciones para las partes, constando en el expediente la recepción de las mismas.

Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:

Por la parte promotora, don Juan Antonio Caravaca Caro, D.N.I. 28725357J, en nombre y representación de Secretario General del Sindicato Provincial de Industria de CC.OO., don José Berjano Méndez, D.N.I. 28722764L, en nombre y representación de Secreta- rio General del Sindicato Provincial FICA-UGT, don Juan García López, D.N.I. 48860082D, en nombre y representación de Sindicato SAT en Sevilla, todos ellos son reconocidos de contrario.

Por el Comité de Huelga de los Trabajadores Subcontratados en Procavi. Comparecen: Don Manuel Jesús Ponce González,

D.N.I. 28717452C, doña Carmen Sánchez Pozo, con DNI: 48855176W, doña Nadia García Camacho, con DNI: 48985888M, don Ja- cobo Rincón Cruz, con DNI: 48986662C, don José David Segura Torres, con DNI: 48859066M, don Carlos Alberto Giraldo Maqueda, con DNI: 47209722Z, doña Ester Chacón Hermoso, con DNI: 48987835C, doña Mónica Vega Fariña, con DNI:28496781B, y doña María Núñez García, con DNI: 48988271L.

Como parte interesada, comparece doña María Pilar Peralta González, con DNI: 52624423D, en representación de Procavi, S.L., que acredita en virtud de poder otorgado ante el notario del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha don Rafael Cantos Molina, de fecha 21 de mayo de 2002, bajo el número 264 de su protocolo.

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto:

- Por Adecco Outsourcing, S.A.U., comparece don Manuel Jesús Fernández Fernández, D.N.I. 44294448J, en virtud de poder otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Valerio Pérez de Madrid y Pala, de fecha 26 de abril de 2013, con el número 1248, de su protocolo, que exhibe y retira.

- Por Randstad Project Services, comparece don Rafael Viota Lopez-Linares, con DNI: 13911949P, representación que acredita mediante Escritura pública de elevación de Acuerdos Sociales, efectuada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Ricardo Vilas de Escauriaza, de fecha 7 de octubre de 2009, bajo el número 2331 de su protocolo.

Por Marcéense de Externalizaciones, S.L., comparece don Francisco Macho Rosado, con DNI: 52404978F, representación que ostenta en virtud de poder otorgado ante el notario del Ilustre Colegio de Andalucía doña Leticia Pedrajas Cortes, de fecha 17 de marzo de 2017, bajo el número 210 de su protocolo.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación: Se avenga las empresas a cumplir con la normativa de prevención de Riesgos Laborales, a regularizar la situación de contratación del conjunto de trabajadores. Asimismo, se avengan las empresas a establecer los calendarios laborales respetando los descansos diarios entre jornadas y los descansos semanales.

Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el Sercla finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1.d y ó.l.c del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

El presente acto comienza a las 09.30 horas, finalizando a las 10.10 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 1.000.

Finalización del procedimiento:

- Con avenencia respecto de la representación de UGT y CCOO con las empresas Randstad Project Services y Márcense de Ex- ternalizaciones, S.L., con las cuales han llegado a un acuerdo que se ha reflejado en dos documentos los cuales se anexa como Anexo I y Anexo II.

Dichos Sindicatos, como consecuencia de los acuerdos alcanzados, se comprometen a desconvocar la huelga.

- Sin avenencia respecto del Sindicato SAT con las empresas Randstad Project Services y Márcense de Externalizaciones, S.L.

- Respecto de la empresa Adecco Outsourcing, S.A.U., se acuerda suspender este acto, quedando todos emplazados, la parte promotora y dicha empresa para una próxima reunión que se celebrará en esta misma sede en el día de hoy a a las 11.00 horas.

Reunidos

De una parte:

La representación Sindical compuesta por UGT por don José Berjano Méndez y don Manuel Ponce González y por CCOO don Juan Caravaca Caro y doña Mónica Vega Fariña.

Y de Otra:

Don Francisco Macho Rosado como representante de la mercantil Marciense de Externalizaciones.

Acuerdan

1.- El Convenio colectivo de aplicación en el servicio de limpieza prestado en el centro productivo Procavi, S.L., es el de limpieza de edificios y locales de la provincia de Sevilla, dicho convenio regula una jornada máxima anual de 1728 horas y 38 horas semanales. La Dirección de la empresa Marciense de Externalizaciones se compromete a respetar la jornada anual de 1728 horas y 38 horas semanales, con la flexibilidad en distribución irregular de la jornada que regula el propio convenio colectivo de aplicación, de acuerdo con los calendarios laborales para las distintas secciones.

2.- La Dirección de la Empresa Marciense de Externalizaciones, ha puesto en marcha una auditoría interna cuya finalidad es ajustarnos a la normativa vigente, mientras tanto y dando muestras de buena fe y ánimo constructivo se acuerda realizar 10 contrata- ciones indefinidas a expensas del resultado de la auditoría que daremos traslado al comité de empresa y se tomarán en consenso las acciones que se estimen oportunas. Si del resultado de la auditoria salieran más de 10 casos para convertirlos a indefinidos se realizarán en función los casos que salgan, si por el contrario salieran menos de diez personas la empresa realizará un mínimo de 10 conversiones a indefinido. Hay que tener en cuenta que en el propio convenio de limpieza existe la cláusula de subrogación empresarial cuando una contrata cesa, con lo cual la nueva contrata está obligada a dicha subrogación de todos los trabajadores con los mismos derechos y obli- gaciones, esto a los efectos prácticos contribuye a la estabilidad de los trabajadores. El 31 de julio la dirección de la empresa informará al comité de empresa del resultado de la auditoria.

3.- La Dirección de la empresa Marciense de Externalizaciones se compromete en la próxima reunión con el comité de empresa a presentar propuesta de los calendarios laborales, siguiendo en todo momento la regulación al respecto de jornada anual de 1728 horas y jornada semanal de 38 horas según regula el convenio de aplicación Limpieza de edificios y locales de la provincia de Sevilla. Ambas partes acuerdan crear una comisión compuesta por un delegado de UGT otro de CCOO y uno por parte de la dirección de la empresa, para confeccionar los calendarios laborales de las distintas secciones de limpieza, se pone como fecha de entrega de estos calendarios el 15 de junio.

En el caso concreto de las limpiezas intermedias, en la próxima reunión se propondrán dos soluciones para cumplir con el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas, dichas propuestas se consensuarán con el comité de empresa. Ambas partes acuerdan crear una comisión compuesta por un delegado de UGT otro de CCOO y uno por parte de la dirección de la empresa, para solucionar la jornada laboral de 12 horas de descanso entre jornadas, una vez analizada la situación y expuesta las soluciones el comité de empresa deberá ratificarlo, fecha 15 de junio.

La Empresa garantiza el cumplimiento del descanso de 20 minutos para jornadas que excedan de las 6 horas/ día continuadas como tiempo efectivo de trabajo.

4.- Se reconoce la legitimidad de disfrutar los días de asuntos propios tal como queda regulado en el Convenio colectivo de aplicación de Limpieza Edificios y locales.

5.- La Dirección de la empresa Marciense de Externalizaciones ratifica definitivamente en este punto que el Convenio de apli- cación en esta actividad es el de Limpieza de Edificios y locales de la provincia de Sevilla, en todos sus aspectos incluidas las tablas salariales y pluses. Del resultado de auditoria se comprobará a todos los trabajadores que estén bien encuadrados en su categoría y nivel, aquellos que no estén bien encuadrados se procederá a su correcto encuadramiento y la aplicación de las tablas salariales pertinentes, a partir del 1 de agosto del 2018. La auditoría deberá entregarse como fecha máxima el 31 de julio.

6.- La Dirección de la empresa Marciense de Externalizaciones accede a la propuesta realizada en su día por el comité de lavar la ropa en la lavandería asumiendo la empresa dicho coste.

7.- Asimismo esta dirección fue la primera en contratar un técnico en PRL en plantilla para evitar accidentes y adelantarnos a cualquier incidencia, esta dirección está muy concienciada con los riesgos laborales desde su comienzo y por todo ello haremos hin- capié en este tema, como temas que ya se han avanzado estamos realizando formación a las personas que forman parte del comité de seguridad y salud,así como vamos a poner en marcha la figura del recurso preventivo dentro de nuestra plantilla.

8.- Ambas partes acuerdan crear una comisión compuesta por un delegado de UGT otro de CCOO y uno por parte de la di- rección de la empresa, con el objetivo de analizar la sección de matanza para determinar si hace falta más personal en esta sección de limpieza, fecha 15 de junio.

Con la firma del presente acuerdo, la representación sindical formada por UGT y CCOO se compromete a desconvocar la huelga anunciada para los días 4, 5, 6 y 7 de junio del presente año en el centro de trabajo de Procavi sito en Marchena (Sevilla), siendo ratificado este acuerdo en el Sercla.

Firma, los representantes de los trabajadores.

Firma, la empresa.

ACUERDO DE RANDSTAD PROJECT SERVICES, S.A. Y LOS SINDICATOS DE CCOO Y UGT (FEDERACIONES DE INDUSTRIA DE SEVILLA) PARA EL SERVICIO DE PROCAVI

Con motivo de la mediación presentada en el Sistema Extrajudicial de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla) para el día 1 de junio de 2018 de convocatoria de huelga por la representación sindical de los sindicatos CCOO, UGT para los días 4,5.6 y 7 de junio de 2018 en las instalaciones de la empresa principal Procavi, las partes con el objeto de alcanzar un acuerdo para la desconvocatoria de la misma, se reúnen en Sevilla a 31 de mayo de 2018.

Asisten por cada parte:

CCOO: Juan Antonio Caravaca (Secretario General de CCOO Industria de Sevilla) y Mónica Vega (Responsable Sector Prima- rio Federación Industria CCOO Andalucía).

UGT: José Gabriel Berjano (Secretario General de UGT Industria de Sevilla) y Manuel Ponce (Vicesecretario Provincial In- dustria Sevilla).

Randstad Project Services, S.L.U: Rafael Viota López-Linares (Asesoría Jurídica, Responsable Relaciones Sindicales).

Las partes en el día de hoy,

Acuerdan

1. Velocidad de la cadena.

RPS contrató los servicios de la empresa MTM, para la realización del estudio de métodos y tiempos, el cual se presentó al actual Comité de Empresa para su análisis.

La empresa acuerda con la Representación Sindical que el Técnico Ingeniero que realizó el estudio se reunirá con todos los miembros del Comité de Empresa con el fin de:

- Dar una formación que contenga cómo se elaboró el estudio y sus conclusiones.

- Resolución de dudas y consultas a pie de línea (planta), para verificar la toma de tiempos y velocidades.

Dicha formación y revisión de dudas se llevará a cabo antes del 30 de junio de 2018.

Se creará una Comisión de Seguimiento compuesta por los tres delegados de prevención y un representante de dirección de la empresa. La dirección de la empresa propondrá las diferentes alternativas de organización de la producción a dicha Comisión. A este efecto se abrirá un periodo de consultas con el Comité de Empresa para tratar la implementación de este sistema organizativo.

2. Conversiones a contratos indefinidos.

La Dirección de la Empresa acuerda un plan de conversiones de las contrataciones temporales a indefinido hasta final de año de 20 trabajadores.

- 10 conversiones a 1 de agosto de 2018.

- 10 conversiones a final del año 2018.

Para realizar dichas conversiones se pactará previamente los criterios objetivos con el comité de empresa.

Las partes acuerdan que durante el primer trimestre del año 2019, La Dirección y Comité de Empresa analizarán las necesida- des de conversiones de los contratos temporales en indefinidos.

3. Contratación a tiempo parcial.

Las partes reconocen la necesidad de la contratación a tiempo parcial, dicha contratación se llevará a cabo siguiendo la norma- tiva vigente, excepto en lo que se refiere al preaviso de las mismas que se deberán preavisar al interesado máximo con 24 horas, dichas horas complementarias serán voluntarias y se abonarán a 8 € /hora.

4. Actividades preventivas.

Se crea y nombra recursos preventivos en cada turno. Dichos recursos preventivos realizarán el curso de PRL, además a esta convocatoria de formación se incluirán a los dos encargados, junto con las especialistas de cuenta.

Se acuerda poner en marcha el Plan de Siniestralidad 0, antes del 30 de junio, La Dirección de la Empresa informará de dicho plan a los Representantes de los Trabajadores y su participación en el mismo.

5. Calendarios.

La Dirección de la Empresa se compromete a crear el calendario laboral de los turnos M1, M2, M3 y mollejas, garantizando el cumplimiento estricto de los descansos entre jornadas y el descanso semanal. Dichos calendarios se presentarán al comité de empresa antes del 30 de junio y se harán efectivos a la siguiente semana desde la aprobación por el comité de empresa.

El exceso de horas por encima de las 1780 horas anuales que se establece se compensará en un 60% a disfrute del trabajador y en un 40% a determinación de la empresa, dando participación en los criterios de disfrute al comité de empresa. Esta compensación se realizará dentro del año natural.

6. Jornada.

Acuerdan las partes que a la finalización de la jornada el camión que se esté faenando se terminará, siendo este el último de dicha jornada.

La Dirección de la Empresa se compromete a trabajar en ajustar al máximo la finalización de la jornada con la finalización del faenado del último camión.

El tiempo que exceda de dicha jornada se pagará a precio hora extra.

La Dirección de la Empresa se compromete a que no se realizarán jornadas inferiores a 4 horas diarias, salvo que exista reduc- ciones de jornada según la normativa vigente o voluntarias por el propio trabajador.

7. Conceptos salariales.

* Plus disponibilidad: Se establece un plus disponibilidad a aplicar de forma rotativa a un grupo de contingencia compuesto por tres personas por turno y una cuantía 13 € /día.

En el caso que el componente del grupo de contingencia sea llamado por la empresa y acuda a su llamada, cobrará el plus de disponibilidad y las horas trabajadas que excedan de cuarenta horas semanales serán retribuidas como horas extras o compensadas por descansos, a decisión del trabajador, aquellos trabajadores que sean llamados al equipo de contingencia y no hayan superado las 40 horas semanales, dichas horas serán retribuidas como horas complementarias, en el caso que el componente del grupo de contingencia sea llamado por la empresa y no pueda acudir a dicho llamamiento no le corresponde el plus disponibilidad y por último, en el caso que dicho trabajador no sea requerido por la empresa aun así cobrará el plus disponibilidad.

* Plus domingo: Se establece un plus domingo de 30 € / brutos por jornada de 8 horas, dicho complemento se cobrará por la parte proporcional de la jornada trabajada en domingo. Dicho plus será de aplicación a partir del 1 de junio.

* Plus de nocturnidad: Se establece un plus nocturnidad de 1,59 € /hora.

* Hora extra: Se abonará por valor de 14,57 € /hora.

* Concepto mejora voluntaria y complemento compensable: Acuerdan que los conceptos que aparecen en nómina con los nombres conceptos mejora voluntaria y complemento compensable tendrán carácter no compensable ni absorbible y se le aplicará la revalorización de subida salarial futuras.

* Plus penosidad: Las partes acuerdan que los puestos de matarife, ayudante muelle aves vivas y operario de aturdido, percibi- rán en proporción a la jornada que desarrollen en estos puestos un plus penosidad equivalente a:

Matarife: 1,69 € /hora Ayudante muelle aves vivas y operario de aturdido: 1,67 € /hora

7. Grupos profesionales.

Las partes acuerdan que revisarán los grupos profesionales, reconociendo la figura del matarife y encuadrándolo en el grupo profesional correspondiente.

8. Medidas extraordinarias.

En virtud del protocolo que regula las situaciones de accidentes muy graves de la empresa RPS se activarán las medidas reco- gidas en el mismo.

9. Propuesta de comisión de seguimiento.

La empresa propone a la representación unitaria establecer una Comisión de Seguimiento como órgano de conciliación y se- guimiento a los acuerdos alcanzados, con reuniones periódicas.

Con la firma de este acuerdo la representación sindical abajo firmante se compromete a desconvocar la huelga anunciada para los días 4, 5, 6 y 7 de junio de 2018, en el centro de trabajo de Procavi en Sevilla, siendo ratificado dicho acuerdo en el Sercla fijado para el día 1 de junio de 2018.

En Sevilla a 31 de mayo de 2018.

Rafael Viota López-Linares.

Juan Antonio Caravaca (CCOO).

Mónica Vega (CCOO).

José Gabriel Berjano (UGT).

Manuel Ponce (UGT).

Componentes de la C.CM:

Presidencia: Moreno Flores, Francisco Manuel 30396705C.

Secretaría: Rodríguez Berenguer, Manuel 28671274A.

Vocal: Medina Benjumea, Francisco Javier 2870400IR.

Vocal: Tovar Rodrigo, Antonio 28390816F.

Vocal: Algar Morillo, Enrique 28564439A.

Firma de la representación de la parte promotora:

Nombre, apellidos, D.N.I.

Don Juan Antonio Carayaca Caro, D.N.I. 28725357J.

Don José Berjano Méndez, D.N.I. 28722764L.

Don Juan García López, D.N.I. 4S860082D.

Doña Carmen Sánchez Pozo, con DNI: 48855176W.

Doña María Nunez García, con DNI: 48988271L.

Doña Monica Vega Fariña, con DNL28496781B.

Don Carlos Alberto Giraldo Maqueda, con DNI: 47209722Z.

Doña Ester Chacón Hermoso, con DNI: 48987835C.

Don José David Segura Torres, con DNI: 48859066M.

Don Jacobo Rincón Cruz, con DNI: 48986662C.

Don Manuel Jesús Ponce González, D.N.I. 28717452C.

Doña Nadia García Camacho, con DNI: 48985888M.

Firma de la parte interesada:

Nombre, apellidos, D.N.I.

Doña María Pilar Peralta González, con DNI: 52624423D.

Firma de la representación frente a la que se promueve el conflicto:

Nombre, apellidos, D.N.I.

Don Manuel Jesús Fernández Fernández, D.N.I. 44294448J.

Don Rafael Viota López-Linares, con DNI: 13911949P-L.

Don Francisco Macho Rosado, con DNI: 52404978F.

V°B° La Presidencia,de la Comisión de Conciliaciói-Mediación, Francisco Manuel Flores.

V°B° La Secretaría de la Comisión de Conciliación-Mediación, Manuel Rodríguez