Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
10/04/2008

Revision , Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de NAVAL GIJON, S.A. (33000872011986) de Asturias

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Resolucion de 10 de marzo de 2008, de la Consejeria de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripcion de la insercion del Acta Adicional del Convenio que por error no se incluyo en el texto del Convenio Colectivo de la empresa Naval Gijon, S.A., en el Registro de Convenios Colectivos de la Direccion General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo. Codigo 3300872 (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 83 de 10/04/2008)

RESUELVO

Primero.—Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 10 de marzo de 2008.—El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada por Resolución de 3 de septiembre, publicada en el BOPA n.º 217 de 17-9-07).—5.523.

ACTA ADICIONAL AL CONVENIO

La Dirección de la Empresa y el Comité, como legales representantes de los trabajadores,

Acuerdan

1.—Artículo 15.º Permisos y licencias:

Cuando se produzca un fallecimiento de familiares directos (padres, hijos o cónyuge), en el fin de semana, el cómputo del permiso se iniciará el primer día laborable (lunes).

2.—I.P.C. (Revision salarial):

En el supuesto de que el cierre definitivo de Naval Gijón, S.A.U., se establezca antes de 31-12-08, se creará, un fondo interno que asegure las diferencias económicas que pudieran existir entre el I.P.C. previsto para el año 2008 y el I.P.C. real de dicho año.

3.—Premio Especial Producción:

El Premio Especial de Producción para el año 2008, se abonará íntegramente por los niveles establecidos en concepto anual en un único plazo junto con la nómina del mes de abril, para todos los trabajadores de Naval Gijón, S.A.U., que hayan estado en activo al 1-1-08.