Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
31/03/2008

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de NAVAL GIJON, S.A. (33000872011986) de Asturias

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante

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Resolucion de 27 de febrero de 2008, de la Consejeria de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripcion del Convenio Colectivo de la empresa Naval Gijon, S.A.U., en el Registro de Convenios Colectivos de la Direccion General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo. Codigo 3300872 (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 72 de 29/03/2008)

RESUELVO

Primero.Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 27 de febrero de 2008.El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 3 de septiembre, publicada en BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, n.° 217, de 17 de septiembre de 2007).4.980.

Anexo

ACTA DE OTORGAMIENTOS

En Gijón,a 11 de febrero de 2008,se reúne la Comisión

Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Naval Gijón,S.A.U,con asistencia de las siguientes representaciones:

Parte empresarial:

Don Pedro Luis García Sanz.

Don Alejandro Alonso Sánchez.

Don Antonio López Fernández.

Don Juan Antonio Rodríguez Quirós.

Por el Comité de Empresa:

Don Segundo Álvarez Muñiz.

Don Balbino Cano Bárcena.

Don Alfonso Piney González.

Don Gerardo Álvarez Velázquez.

Don Santiago Escosura Fernández.

Don Samuel Martínez Vázquez.

Don Enrique Álvarez Montero.

Don Hermógenes García Fernández.

Don Roberto Miguel Calvo.

Como consecuencia de las negociaciones llevadas a cabo, por mayoría de las Partes se acuerdan las siguientes modifica-ciones al texto del Convenio Colectivo de Naval Gijón,S.A.U. para el año 2008:

Artículo 2.ºÁmbito temporal.

La vigencia de este Convenio Colectivo tendrá efecto de duración desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.

Artículo 8.ºComisión paritaria.

Para la vigilancia y control e interpretación de todo lo pactado,se constituye esta Comisión,con sede en Gijón,calle

Mariano Polo,34,C.P.33212,quedando integrada por las siguientes personas:

Parte de la empresa:

Don Pedro Luis García Sanz.

Don Antonio López Fernández.

Parte sindical:

Don Hermógenes García Fernández.

Don Roberto Miguel Calvo.

Don Gerardo Álvarez Velázquez.

Don Santiago Escosura Fernández.

Artículo 10.ºJornada laboral.

La jornada laboral será de 1.695 horas en cómputo anual para el año 2008.

Se establece una jornada semanal de lunes a sábado cuyo cómputo será de 1.695 horas año/48 semanas =35,31 horas semana,la cual quedaría,una vez excluidos los días festivos para Gijón,en 37,5 horas semana.

Los sábados se considerarán a todos los efectos como días laborables.

Artículo 26.°Dietas.

Cuando por necesidades del servicio,algún trabajador se viera obligado a continuar trabajando una vez finalizado el turno de mañana,se le abonará la cantidad de:

En concepto de comida pasa a 10 euros.

En todo caso,será condición indispensable,que el trabajador prolongue como mínimo dos horas la jornada habitual.

Revisión salarial

El I.P.C.previsto para el año 2008 con cláusula de revisión, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2008.

Concretarán,sufrirán el correspondiente aumento los siguientes conceptos:

Artículo 13.Horas de Tiempo por Tiempo.

Artículo 18.1.Salario Convenio.

Artículo 18.2.Plus de asistencia.

Artículo 18.3.Pagas extras.

Artículo 19.Antigüedad.

Artículo 20.Plus de Turnicidad.

Artículo 21.Plus de Nocturnidad.

Artículo 22.Plus de Domingos y Festivos.

Artículo 23.Plus por trabajos tóxicos,penosos y peligrosos.

Artículo 24.Jefes de Equipo.

Artículo 26.Plus para dietas,salidas y viajes.

Artículo 28.Prima especial de producción.

Artículo 31.Compensación Alimentación.

Artículo 33.Becas.

Los días 24 y 31 de diciembre se pagarán a salario conve-nio.

Cesta de navidad

Se establece un fondo de 9.000 euros con I.P.C.actualizado para la adquisición de una cesta de Navidad que se entregará en el mes de diciembre.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

Acta adicional al Convenio

La dirección de la empresa y el Comité, como legales representantes de los trabajadores

Acuerdan

1.Artículo 15.ºPermisos y licencias

Cuando se produzca un fallecimiento de familiares directos (padres,hijos o cónyuge),en el fin de semana,el cómputo del permiso se iniciará el primer día laborable (lunes).

2.I.P.C.(Revisión salarial).

En el supuesto de que el cierre definitivo de Naval Gijón S.A.U.se establezca antes de 31 de diciembre de 2008,se crea-rá,un fondo interno que asegure las diferencias económicas que pudieran existir entre el I.P.C.previsto para el año 2008 y el I.P.C.real de dicho año.

3.Premio especial producción.

El Premio Especial de Producción para el año 2008,se abonará íntegramente por los niveles establecidos en concepto anual en un único plazo junto con la nomina del mes de abril, para todos los trabajadores de Naval Gijón S.A.U.que hayan estado en activo al 1 de enero de 2008.