Convenio Colectivo de Emp...e Tenerife

Última revisión
09/12/2005

Convenio Colectivo de Empresa de INSTITUTO DE ASTROFISICA DE CANARIAS (38000992011987) de Tenerife

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Revision Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Instituto de Astrofisica de Canarias para el año 2005. Codigo convenio: 3800992 (Boletín Oficial de Tenerife num. 198 de 09/12/2005)

Ref.: C. N. 15.

Código convenio: 3800992

Vista la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la EMPRESA INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS PARA EL AÑO 2005, suscrita por la Comisión Paritaria, recibida en esta Dirección General de Trabajo, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b) del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1033/84, de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B. O. C. 15.12.95).

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.

2º.- Notificar a la Comisión Negociadora.

3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo. Santa Cruz de Tenerife, a 11 de noviembre de 2005. Comisión Paritaria de Negociación del Convenio Colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias.

En La Laguna, a 28 de septiembre de 2005. Presidente: Alfonso Ruigómez Momeñe. Secretario: Luis Manadé Borges. Asistentes: Por la Dirección: Carlos Martínez Roger, Rafael Arnay de la Rosa, Alfonso Ruigómez Momeñe.

Por el Comité de Empresa: Lorenzo Peraza Cano, Agustín Casanova Suárez y Luis Manadé Borges.

Orden del día: - Punto único: negociación y aprobación, en su caso, de las tablas salariales 2005 para el personal de Convenio del Instituto de Astrofísica de Canarias, con motivo del incremento salarial establecido en el Presupuesto General del estado para 2005 para el personal acogido a convenio.

Siendo las 10: 20 hrs, y estando reunidos todos los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del IAC,

Exponen:

I.- Que el artículo tercero del Convenio Colectivo en su apartado segundo establece que “Este convenio tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004, excepto las tablas salariales de los anexos III, IV, V, VI y VII, la cuantía consolidada de Acción Social y la cuantía fijada para la antigüedad prevista en el artículo 52, que serán necesariamente objeto de negociación, o de actualización para cada período anual (enerodiciembre), dentro de las previsiones presupuestarias de cada año.”

II.- Que teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) de 24 de enero de 2005 relativa a la aplicación del incremento salarial para 2005 del personal laboral, lo previsto en el anexo XV de la resolución de 28 de diciembre de 2004, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la cual se actualizan para el año 2005 las cuantías de las retribuciones del personal a que se refieren los correspondientes artículos de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio (B. O. E. nº 2 de 3 de enero de 2005) y una vez aprobada la masa salarial del IAC para 2005 por la Administración General del Estado con la aplicación de los incrementos previstos en los presupuestos generales del Estado para dicho año,

Acuerdan: Aprobar por unanimidad de todos los presentes las tablas que se adjuntan:

- Anexo III del Convenio Colectivo: tabla salarial salario base.

- Anexo IV del Convenio Colectivo: tabla salarial complemento al puesto de trabajo.

- Anexo V.- Complemento de aislamiento.

- Anexo VI.- Indemnización por residencia.

- Anexo VII.- Horas extraordinarias.

Se procederá a la inscripción, depósito y publicación de los presentes acuerdos conforme a la legislación vigente.

Atales efectos se procede a la firma de cinco ejemplares de la presente acta.

No habiendo más cuestiones a tratar firmándose siete ejemplares de la presente acta, una para cada parte y cinco para la tramitación de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

En La Laguna, a 28 de septiembre de 2005. Alfonso Ruigómez Momeñe, Presidente.- Luis Manadé Borges, Secretario.- Carlos Martínez Roger. Rafael Arnay de la Rosa.- Lorenzo Peraza Cano. Agustín Casanova Suárez.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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