Convenio Colectivo de Emp...) de Cádiz

Última revisión
25/09/2018

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A. (11100162012012) de Cádiz

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 25 de Septiembre de 2018 en adelante

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Acuerdo de establecimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades en la empresa CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U. (Boletín Oficial de Cádiz num. 185 de 25/09/2018)

CONVENIO O ACUERDO:

CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, SAU

Expediente: 11/11/0186/2018. Fecha: 06/09/2018

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

Destinatario: ROSA MARIA RAMIREZ LOPEZ

Código 11100072112018.

Visto el texto del Acuerdo de establecimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades en la empresa CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U., suscrito por las partes el día 2-08-2018 y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 21-08-2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015 de 28 de julio; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo sobre el Plan de Igualdad de Oportunidades en la empresa CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U., en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 5 de agosto de 2018. DELEGADA TERRITORIAL. Fdo.: MARIA GEMA PEREZ LOZANO

ACTA FINAL DE ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA EMPRESA CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U.

REUNIDOS

Representación de CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U.:

- D. José Castellano Moreno (Administrador único).

- Dª. Rosa María Ramírez López (Dpto. RRHH - ASESORA).

Comité de Empresa de la Empresa CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U.:

- D. Juan Antonio Lucero Pruaño (CCOO).

- D. José María Bejarano Escalante (UGT).

En Rota (Cádiz), a 02 de agosto de 2018, las personas mencionadas, en las legales representaciones que ostentan y se indican, reconociéndose recíprocamente plena capacidad y legitimación para llevar a cabo este acto, convienen en manifestar y acordar lo siguiente:

ANTECEDENTES

Primero.- Que en la Empresa CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U. se constituyó la comisión negociadora del Plan de Igualdad de Oportunidades el pasado 10 de mayo de 2018, la cual estaría integrada por 2 miembros de la parte social y 2 miembros de la Empresa (uno en calidad de asesora).

Segundo.- Que las partes han mantenido las conversaciones y negociaciones que han estimado necesarias para el establecimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades.

Tercero.- Que, tras la última sesión de negociación celebrada el 06 de julio de 2018, las partes han discutido el borrador del texto para realizar el redactado del texto definitivo del Plan de Igualdad de Oportunidades.

Cuarto.- Que, a la vista de lo anterior, tras examinar el texto definitivo del Plan de Igualdad de Oportunidades, las partes han alcanzado unACUERDO FINAL, en la cuarta de las reuniones que se han ido celebrando, conforme a las siguientes,

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Que las partes dan por concluida CON ACUERDO a todos los efectos la negociación del Establecimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades de la Empresa CONSTRUCCIONES FELIPE CASTELLANO, S.A.U., y procede por unanimidad a la ratificación íntegra del redactado definitivo del Plan, una vez introducidas las modificaciones sugeridas por la parte social.

SEGUNDA.- Que los miembros de la Comisión Negociadora dan por concluida la negociación CONACUERDO, y procede a la firma del redactado definitivo.

TERCERA.- Que, la Comisión Negociadora delega en Dª. Rosa María Ramírez López el registro a través de la plataforma REGCON del presente Plan.

CUARTA.- Las medidas del Plan de Igualdad son las siguientes:

1. Protocolo para la prevención y tratamiento de situaciones de acoso.

2. Nombrar un Agente de Igualdad en la Empresa.

3. Campañas de sensibilización a empleados para compartir la asunción de responsabilidades familiares.

4. Seguimiento de la mujer gestante y en periodo de lactancia.

5. Difusión de contenidos de Igualdad a través de canales de comunicación interna.

6. Incluir en las acciones de bienvenida contenidos en materia de Igualdad.

7. Implantación de canales de comunicación dirigidos a todos los empleados para la detección y atención de problemas de Igualdad.

8. Crear un espacio de Igualdad en la Intranet de la Empresa.

9. Apoyo a organizaciones que favorecen o ayudan a la consecución de la Igualdad.

10. Denominación de los puestos de trabajo de manera neutra en las ofertas de empleo.

11. Elaboración de un código de buenas prácticas en el uso del lenguaje.

12. Valorar la gestión de la Igualdad en las contratas/subcontratas como criterios en tener en cuenta en su elección.

13. Incorporación de la variable Igualdad en los procesos de selección desarrollados en empresas colaboradoras.

14. Posibilitar la participación de trabajadores con suspensión del contrato por causa de maternidad/paternidad, en las acciones formativas desarrolladas durante la suspensión.

15. Formación específica en Igualdad de trato y oportunidades.

16. Estimulación e intensificación de la participación de la mujer en aquellas acciones formativas vinculadas a puestos con escasa representación femenina.

17. Estimulación e intensificación de la participación de la mujer en aquellas acciones formativas que versen sobre habilidades directivas.

18. Establecimiento de planes de carrera específicos.

19. Elaboración de principios enfocados a la Promoción.

20. Flexibilidad horaria en horarios de entrada y salida, fijando un umbral de presencia obligatoria.

21. Redefinición de política de reuniones.

22. Disfrute de vacaciones.

23. Permiso de paternidad.

24. Licencias no retribuidas.

25. Medidas a favor de víctimas de violencia de género.

Y de conformidad con lo anteriormente expuesto, sin más asuntos que tratar, las partes firman el presente acta en el lugar y fecha indicados ut supra.

D. José María Bejarano Escalante. D. Juan Antonio Lucero Pruaño. D. José Castellano Moreno. Dª. Rosa María Ramírez López (asesora). Firmas.