Convenio Colectivo de Emp... de Huesca

Última revisión
07/12/2018

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE HUESCA. PERSONAL FUNCIONARIO de Huesca

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 07 de Diciembre de 2018 en adelante

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Aprobacion para todo el personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Huesca y sus Organismos o Entidades dependientes, la aplicacion de una jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales de trabajo efectivo, de promedio en computo anual; sin perjuicio de las jornadas especiales de determinados colectivos. (Boletín Oficial de Huesca num. 234 de 07/12/2018)

El Pleno del Ayuntamiento de Huesca, en la sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PRIMERO.Aprobar para todo el personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Huesca y sus Organismos o Entidades dependientes, la aplicación de una jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales de trabajo efectivo, de promedio en cómputo anual; sin perjuicio de las jornadas especiales de determinados colectivos.

SEGUNDO.La aplicación de la citada jornada laboral ordinaria surtirá efectos a partir de la publicación del acuerdo plenario en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.

Por otro lado, en el anexo de este anuncio, figura el acuerdo entre la representante del Ayuntamiento de Huesca y los representantes de los empleados públicos municipales, firmado el día 11 de octubre de 2018.

Huesca, 5 de diciembre de 2018. El Alcalde, Luis Felipe Serrate

ANEXO

ACUERDO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE HUESCA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES

1.Establecer con carácter general, para todo el personal que presta sus servicios en el Ayuntamiento de Huesca, una jornada laboral de promedio semanal de 35 horas, sin perjuicio de la adaptación a los colectivos con horarios especiales.

2.De conformidad con lo anterior y atendiendo a lo dispuesto en el Pacto para el personal funcionario y el Convenio para el personal laboral municipales, el cómputo de la jornada será anual.

3.Se mantendrán los controles de cumplimiento de la jornada por parte de los empleados municipales.

4.La aplicación de esta jornada laboral no conllevará la contratación de más personal ni la realización de más horas extraordinarias por este motivo.

5.El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha 01/11/2018