Convenio Colectivo de Emp...e Tenerife

Última revisión
06/03/2019

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE GRANADILLA DE ABONA. PERSONAL FUNCIONARIO de Tenerife

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 15 de Noviembre de 2018 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 104-104)

Decreto de los acuerdos adoptados por la mesa de negociacion sobre computo horario y retribucion 100 por cien de las bajas por I.T para todos los trabajadores del Ayuntamiento de Granadilla (Boletín Oficial de Tenerife num. 28 de 06/03/2019)

El Ayuntamiento de Granadilla de Abona, tiene a bien publicar vista el Acta de la Mesa General de Negociación de 15 de noviembre de 2018, la siguiente Resolución, basándose en los siguientes

Antecedentes.

Único.- Consta, Acta de la mesa General de Negociación de 15 de noviembre de dos mil dieciocho, en la que entre otros asuntos se acuerda:

- Que a partir del 8 de enero de 2019, se restablecerá la jornada de 35 horas semanales, con el siguiente horario: hora de entrada 7:45, hora de salida 14:45.

- Que a partir de la misma fecha se recuperará la percepción por cualquier empleado público del 100% de las retribuciones cuando se encuentre en situación de incapacidad temporal (I.T.).

Consideraciones Jurídicas.

Primera.- Conforme al II Acuerdo GobiernoSindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, publicado por Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública en el BOE nº 74 de 26 de marzo de 2018, en lo referido en el apartado 4º del citado Acuerdo: Medidas en materia de jornada de trabajo y de conciliación del personal al servicio de las Administraciones Públicas , es posible aprobar la jornada ordinaria de trabajo de 35 horas semanales, toda vez que en el ejercicio presupuestario anterior se cumplieron los objetivos en materia de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla del gasto,

Segunda.- La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, a través de su disposición adicional quincuagésima cuarta, ha venido a establecer un nuevo marco normativo para el régimen de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que elimina las restricciones existentes hasta este momento y permite que cada Administración Pública determine, previa negociación colectiva, las retribuciones que ha de percibir durante la situación de incapacidad temporal el personal a su servicio y al de sus Organismos y Entidades públicas dependientes.

Tercera.- La competencia le corresponde a la Alcaldía-Presidencia a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local. No obstante, ha sido delegada en la Concejalía

Delegada de Personal mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de septiembre de 2016.

En base a lo expuesto, por el presente

Resuelvo

Primero.- Se acuerde ratificar el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de fecha 15 de noviembre de 2018 para la recuperación de la jornada ordinaria (de lunes a viernes) de 35 horas semanales, con el siguiente horario: hora de entrada 7:45, hora de salida 14:45, para todos los trabajadores (funcionarios y laborales, siempre que no tengan jornadas especiales por razón de su puesto) del Ayuntamiento de Granadilla de Abona, con efectos desde el 8 de enero de 2019.

Segundo.- Se acuerde ratificar el antedicho acuerdo de la Mesa General de Negociación de 15 de noviembre de 2018 procediendo a la recuperación del complemento retributivo en la situación de incapacidad temporal, con el fin de que cualquier empleado público del Ayuntamiento de Granadilla de Abona perciba el 100% de las retribuciones cuando se encuentre en situación de incapacidad temporal (I.T.)

Tercero.- Notifíquese esta Resolución a Interesados mediante publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Granadilla de Abona, así como en el BOP de Santa Cruz de Tenerife y traslado a la intervención municipal a los efectos oportunos.

En Granadilla de Abona, a 7 de febrero de 2019.

La Concejala Delegada.