Convenio Colectivo de Emp... de Burgos

Última revisión
06/10/2017

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BURGOS. PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL (09001102011998) de Burgos

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 21 de Septiembre de 2017 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 9-10)

Desestimacion de las alegaciones formuladas al acuerdo adoptado e impugnacion de los articulos de los Convenios Colectivos de aplicacion a los empleados municipales laborales en la regulacion que confieren a los premios/indemnizaciones por jubilacion voluntaria anticipada (Boletín Oficial de Burgos num. 189 de 06/10/2017)

ConCejalía de Personal y régimen interior

La Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en sesión celebrada el día 21 de septiembre de 2017, ha adoptado el siguiente acuerdo, cuya parte expositiva coincide con el texto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 20 de julio de 2017:

Primero. - Desestimar íntegramente las alegaciones formuladas al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2016, en el trámite conferido al efecto, por los siguientes interesados y en las fechas que seguidamente se identifican:

- D. Rubén de la Peña Martínez, en calidad de Secretario General de la Sección Sindical del Sindicato Único de Trabajadores de Burgos de la Confederación General del Trabajo (CGT), mediante escrito registrado de entrada con fecha 22 de diciembre de 2016.

- D. Samuel Núñez Palacín, en representación de la Junta de Personal mediante escrito registrado de entrada con fecha 28 de diciembre de 2016.

- D. Marcos Citores Gil, en condición de delegado sindical de CCOO, mediante escritos registrados de entrada con fechas 29 de diciembre de 2016 y 25 de enero de 2017.

- D. Jesús Emilio Carbonell Hernando, en calidad de Secretario Provincial de Administración Local y Servicios a la comunidad de la FeSpUGT de Burgos, mediante escrito registrado de entrada con fecha 30 de diciembre de 2016.

- D. Pedro Garrido Ruiz, actuando en calidad de Presidente del Comité de Empresa del personal del Servicio Municipalizado de Autobuses urbanos, mediante escrito registrado de entrada con fecha 11 de enero de 2017.

- D. Carlos Sainz de Lomas, con DNI 13.125.268, en calidad de Presidente del Comité de Empresa del Servicio Municipalizado de Deportes del Ayuntamiento de Burgos, mediante escrito registrado de entrada con fecha 19 de enero de 2017.

- D. Basilio Yarritu Zaldívar, en representación del Comité de Empresa del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, mediante escrito registrado de entrada con fecha 20 de enero de 2017.

- D. José Antonio García Torices, en condición de Delegado de la Sección Sindical del sindicato SOI-FSC, mediante escrito registrado de entrada con fecha 24 de enero de 2017.

Y ello de conformidad con los informes jurídicos emitidos en relación con los denominados premios/indemnizaciones a la jubilación voluntaria anticipada de los empleados municipales, incluidos los reparos formulados por el Interventor General, atendiendo a lo expuesto en el dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Castilla y León de fecha 13 de febrero de 2014, teniendo en consideración la valoración que de estas alegaciones se ha efectuado en los informes jurídicos emitidos al respecto por el Secretario General del Pleno y por la Jefe del Servicio de Personal de fechas 14 y 29 de marzo de 2017, respectivamente, que se asumen a fin de motivar este acuerdo, y a la vista del dictamen de 1 de junio de 2017 del Consejo Consultivo de Castilla y León.

Segundo. - De conformidad con las conclusiones a las que se llega en estos informes y atendiendo al informe emitido por la Letrada Consistorial-Jefe de la Asesoría Jurídica Municipal, acordar la impugnación de los siguientes artículos de los Convenios Colectivos de aplicación a los empleados municipales en la regulación que confieren a los premios/indemnizaciones por jubilación voluntaria anticipada:

- El artículo 43.3, bajo la rúbrica «Jubilaciones», del Convenio Colectivo de trabajo perteneciente al personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Burgos (publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos con fecha 4 de septiembre de 2000).

- El artículo 43.3, bajo la rúbrica «Jubilaciones», del vigente Convenio Colectivo de trabajo del personal del Extinto Servicio Municipalizado de Mercados (publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos con fecha 27 de enero de 2003.

- El párrafo primero del artículo 19, bajo la rúbrica «Jubilación anticipada e invalidez», del Convenio Colectivo del personal del extinto Servicio de Desarrollo Urbano.

- El artículo 43.3, bajo la rúbrica «Jubilaciones», del vigente Convenio Colectivo de trabajo del personal del Servicio Municipalizado de Instalaciones Deportivas y de Recreo del Excmo. Ayuntamiento de Burgos (publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos con fecha 4 de abril de 2003).

- El artículo 43.3, bajo la rúbrica «Jubilaciones», del vigente Convenio Colectivo de trabajo del personal del Servicio Municipalizado de Autobuses Urbanos (publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos con fecha Boletín Oficial de la Provincia n.º 106, de 5 de junio de 2002).

- El artículo 19 del acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal de la Estación de Autobuses firmado en enero de 1998.

Tercero. - Mantener la suspensión de la eficacia de las previsiones contenidas en los artículos de los Convenios Colectivos antes citados, y ello por las razones expuestas en la parte expositiva de este dictamen.

Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y efectos, significándole que la presente resolución agota la vía administrativa, pudiendo el interesado, si lo estima procedente, ejercitar las acciones que entienda le asisten ante la Jurisdicción social formalizando la correspondiente demanda en los plazos previstos en el art. 69 y demás aplicables de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, o en su caso, cualquier otra que estime procedente.

En Burgos, a 21 de septiembre de 2017.

La Concejala Delegada de Personal, Carolina Blasco Delgado