Convenio Colectivo de Emp...de Badajoz

Última revisión
16/03/2022

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO (06001712012009) de Badajoz

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 16 de Marzo de 2022 en adelante

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Documento oficial en PDF(Páginas 81-84)

Resolucion de 4 de marzo de 2022, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta de la Comision Negociadora acordando la modificacion del articulo 25 del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del Ayuntamiento de Badajoz y sus Organismos Autonomos . (Diario Oficial de Extremadura num. 52 de 16/03/2022)

Visto el texto del Acta de 24 de enero de 2022 de la Comisión Negociadora del 'Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Ayuntamiento de Badajoz y sus Organismos Autónomos'-código de convenio 06001712012009-, publicado en el DOE n.º 243 , de 21 de diciembre de 2009, en la que se recoge la modificación del artículo 25 de dicho Convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdo Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo

RESUELVE:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 4 de marzo de 2022.

La Directora General de Trabajo,

MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

ACTA N.º 1

COMISIÓN NEGOCIADORA DE SEGUIMIENTO, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL ACUERDO REGULADOR POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y LAS RETRIBUCIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

ASISTENTES

ENTIDAD

NOMBRE

ADMINISTRACIÓN

MARIA DE LOS HITOS MOGENA MALPARTIDA

SECRETARIO

FRANCISCO PORTILLO GÓMEZ

CSIF

DAVID DE LA MONTAÑA PARRILLA

CCOO

ANGELA DE LA MONTAÑA POLO

UGT

HÉCTOR MOISÉS GARCÍA MALMIERCA

USO

DON MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ PÉREZ

En la ciudad de Badajoz, siendo las 12:00 horas del día 24 de enero de 2022, se reúnen los arriba citados, en la Delegación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Badajoz, constituidos en Mesa Negociadora para la modificación del Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo y Régimen Retributivo de los empleados municipales, con el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1. Negociar la cantidad a abonar en concepto de carrera profesional al grupo B.

Habiéndose creado en el ejercicio 2021 el grupo B en el Ayuntamiento de Badajoz, de conformidad con lo estipulado en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y no estando negociada en el vigente acuerdo regulador la cantidad correspondiente a dicho grupo en concepto de carrera profesional, se acuerda por unanimidad de todos los presentes, cuantificar la carrera profesional del Grupo B para el año 2022, procediéndose para ello, a la modificación del artículo 25 del Acuerdo-regulador por el que se regulan las condiciones de trabajo y las retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, añadiéndose a este artículo el punto 8 que dice literalmente:

Corresponde al personal del Ayuntamiento de Badajoz encuadrado en el Grupo B, de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que reúna los requisitos para percibir carrera profesional en el ejercicio 2022, las siguientes cantidades:

GRUPO B

NIVEL I

1.290,46

NIVEL II

2.580,96

Para el resto de grupos, durante el ejercicio 2022, las cuantías serán las siguientes:

GRUPO A1

NIVEL 1

1.735,53

NIVEL 2

3.471,04

GRUPO A2

NIVEL 1

1.490,93

NIVEL 2

2.981,88

GRUPO C1

NIVEL 1

1.089,99

NIVEL 2

2.180,03

GRUPO C2

NIVEL 1

974,98

NIVEL 2

1.949,96

GRUPO AP

NIVEL 1

859,94

NIVEL 2

1.719,88

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, cuando son las 12 horas y 45 minutos del día mencionado al principio, de todo lo cual se levanta acta, que yo, como Secretario, certifico.

Por la Administración,

MARÍA DE LOS HITOS MOGENA MALPARTIDA

El Secretario,

FRANCISCO PORTILLO GÓMEZ

CSIF,

DAVID DE LA MONTAÑA PARRILLA

DNI: ***4251**

CCOO,

ÁNGELA DE LA MONTAÑA POLO

DNI: ***0582**

UGT,

HÉCTOR MOISÉS GARCÍA MALMIERCA

DNI: ***6852**

USO,

MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ PÉREZ

DNI: ***9055**