Convenio Colectivo de Emp...de Granada

Última revisión
02/08/2010

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de ALHAMBRA SERVICIOS DE GESTION, S.L. (18002112012007) de Granada

Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2010 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 34-35)

Acuerdo de la Comision Mixta Paritaria de fecha 27-01-2010, sobre jubilacion en el Convenio Colectivo de la empresa Alhambra Servicios de Gestion, S.L., Codigo Convenio: 1802112 (Boletín Oficial de Granada num. 146 de 02/08/2010)

Preambulo

N/Rfra.: Servicio Administración Laboral Relaciones Colectivas

Expte.: 17/2009

Sector: Empresa Alhambra Servicios de Gestión, S.L.

Código Convenio: 1802112

Visto el texto del acuerdo de la Comisión Mixta Paritaria de fecha 27-01-2010, sobre jubilación en el Convenio Colectivo de la empresa Alhambra Servicios de Gestión, S.L., presentado el día 12 de julio de 2010, ante esta Delegación Provincial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía,

ACUERDA:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de esta Delegación Provincial.

Segundo.

Remitir el texto original acordado, una vez registrado, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.

Tercero.

Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Granada, 13 de julio de 2010.

-La Delegada Provincial, P.S.R. Decreto 136/2010, la Secretaria General, fdo.: Inmaculada Puertas Tejero.

ALHAMBRA SERVICIOS DE GESTION, S.L.

Comisión paritaria.

Análisis de plantilla según edad.

Acta reunión de 27 de enero de 2010.

ASISTENTES:

REPRESENTANTES DE LA DIRECCION DE ASG D. Rafael Cantero

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS TRABAJADORES DE ASG

Dª Maribel Gómez

Siendo las 09:00 horas, del día 27 de enero de 2010, en los locales de la Empresa, se reúnen las personas citadas anteriormente, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la empresa Alhambra Servicios de Gestión, S.L., para tratar el siguiente orden del día:

- Análisis de la plantilla según edad.

De acuerdo con lo previsto en el acta de fecha 15 de octubre de 2009, que recoge el Preacuerdo del Convenio Colectivo 2009-2015, ratificado por Asamblea General de Trabajadores celebrada el siguiente día 29 de octubre, y que en su último punto prevé el que:

"Al final de cada año, una comisión formada como la paritaria prevista en el Convenio, analizará las edades de la plantilla y la posibilidad de adaptar algún recurso legal que pueda facilitar la jubilación anticipada"

Los representantes de la empresa (en adelante RE) presenta a los trabajadores (en adelante RT), la relación de los trabajadores de ASG que desde el día 1 de este mes de enero y hasta el 31 de diciembre de 2012, cumplen 60 años.

Relación de trabajadores

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Ambas partes están de acuerdo que, en caso de coincidir las necesidades de los trabajadores y la empresa, y mientras no existan otras herramientas legales disponibles, se fijará como modelo de adelanto de la edad de jubilación el de la "jubilación parcial", con la siguiente contratación de trabajadores, mediante contratos de relevo y siempre que tal modelo de contratación se encuentre disponible.

Que al final de cada año, y en base a la relación de trabajadores precitada, la RE informará de las solicitudes recibidas y las aprobadas para el siguiente año.

La RT informará a la plantilla y forma especial a los trabajadores incluidos en la relación. Así mismo, la RE informará a la RT de las solicitudes que se reciban y de las consideraciones y rechazos que sobre las mismas decida.

Sin nada más que tratar, se da por terminada la reunión en el lugar y fecha arriba indicados.

(Firmas ilegibles).