Convenio Colectivo de Emp...e Cataluña

Última revisión
10/06/2016

Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN CATALUÑA (79002390132005) de Cataluña

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 69-71)

RESOLUCION JUS/1435/2016, de 31 de mayo, por la que se aprueba el anexo del calendario laboral del personal al servicio de la Administracion de Justicia en Cataluña, aprobado por la Orden JUS/3/2015, de 7 de enero, correspondiente al año 2016. (Diario Oficial de Cataluña num. 7139 de 10/06/2016)

El Decreto 177/2014, de 23 de diciembre, regula la jornada de trabajo del personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña. Su artículo 5 dispone que tanto la distribución de las jornadas de trabajo establecidas en dicho Decreto, como la fijación concreta de los horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña se establecen por orden del consejero o consejera competente en materia de justicia mediante el calendario laboral, con el informe previo favorable del Consejo General del Poder Judicial y la negociación con las organizaciones sindicales. Y añade que mediante resolución del secretario o secretaria general del Departamento competente en materia de justicia debe aprobarse anualmente el anexo del calendario laboral.

La Orden JUS/3/2015, de 7 de enero, aprueba el calendario laboral del personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña y establece el número de horas de trabajo que el personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña debe realizar durante el año 2014. Asimismo, la disposición final primera de la Orden mencionada faculta al secretario o secretaria general del Departamento de Justicia para aprobar anualmente mediante resolución el anexo del calendario laboral donde se concretan el número de horas de trabajo que el personal debe realizar en años sucesivos.

Por este motivo, corresponde ahora aprobar el anexo del calendario laboral correspondiente al año 2016.

Dado que se ha llevado a cabo la negociación previa con las organizaciones sindicales con representación en la Mesa de negociación del personal al servicio de la Administración de justicia destinado en Cataluña;

Dado que el Consejo General del Poder Judicial ha emitido el informe correspondiente;

Por todo ello, de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 13.f) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad,

Resuelvo:

Aprobar el anexo del calendario laboral del personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña, aprobado por la Orden JUS/3/2015, de 7 de enero, correspondiente al año 2016.

Barcelona, 31 de mayo de 2016

Adrià Comella i Carnicé

Secretario general

Anexo

Anexo al calendario laboral 2016

Mes

Jornadas/Horas Festividades

Enero

Horas mensuales

142,50

1.1.2016

6.1.2016

Días laborables

19

Presencia obligada

104,50

Parte flexible

38,00

Febrero

Horas mensuales

157,50

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

42,00

Marzo

Horas mensuales

157,50

25.3.2016

28.3.2016

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

42,00

Abril

Horas mensuales

157,50

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

42,00

Mayo

Horas mensuales

157,50

16.5.2016

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

42,00

Junio

Horas mensuales

147,50

Jornada de verano

a partir del 16 de junio

24.6.2016

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

32,00

Julio

Horas mensuales

136,50

Jornada de verano

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

21,00

Agosto

Horas mensuales

143,00

Jornada de verano

15.8.2016

Días laborables

22

Presencia obligada

121,00

Parte flexible

22,00

Septiembre

Horas mensuales

154,00

Jornada de verano

hasta el 15 de septiembre

Días laborables

22

Presencia obligada

121,00

Parte flexible

33,00

Octubre

Horas mensuales

150,00

12.10.2016

Días laborables

20

Presencia obligada

110,00

Parte flexible

40,00

Noviembre

Horas mensuales

157,50

1.11.2016

Días laborables

21

Presencia obligada

115,50

Parte flexible

42,00

Diciembre

Horas mensuales

142,50

6.12.2016, 8.12.2016

i 26.12.2016

Días laborables

19

Presencia obligada

104,50

Parte flexible

38,00

(1) La diferencia entre las 1.642 horas preceptivas anuales y las 1.562 horas efectivas anuales se destinará a la realización de actividades de formación o se deducirá la prestación de servicios de carácter extraordinario.

(2) Calendario elaborado con las fiestas estatales y de Cataluña y dos fiestas locales que darán lugar a 7 horas y 30 minutos menos por cada día festivo.