Convenio Colectivo de Emp...O de Álava

Última revisión
06/10/2021

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION GENERAL DE LA DIPUTACION FORAL DE ALAVA. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Álava

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 95-96)

Acuerdo 557/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de septiembre. Aprobar el incremento de las retribuciones del personal y cargos publicos forales al servicio del Organismo Autonomo de Bomberos Forales de Alava en un 0,9 por ciento, con efectos 1 de enero de 2021 (Boletín Oficial de Álava num. 114 de 06/10/2021)

I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

Diputación Foral de Álava

DEPARTAMENTO DE EQUILIBRIO TERRITORIAL

Acuerdo 557/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de septiembre. Aprobar el incremento de las retribuciones del personal y cargos públicos forales al servicio del Organismo Autónomo de Bomberos Forales de Álava en un 0,9 por ciento, con efectos 1 de enero de 2021

El régimen jurídico vigente en materia de retribuciones en el ámbito de la función pública, se regula en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 6/1989, de la Función Pública Vasca, así como por diversas normas de desarrollo, y singularmente, por el Decreto 207/1990, de 30 de julio, de Retribuciones de los Funcionarios de las Administraciones Públicas Vascas.

De acuerdo con las referidas normas, la cuantía de las retribuciones básicas (sueldo, trienios y pagas extraordinarias) se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la cuantía del complemento de destino en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la cuantía del complemento específico y retribuciones complementarias por las Administraciones Públicas Vascas.

El artículo 18.2 de Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece que:

'En el año 2021, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 0,9 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.'

El Gobierno Vasco con fecha 16 de marzo de 2021 ha autorizado aplicar una subida salarial del 0,9 por cien respecto al año 2020, con efecto retroactivo desde 1 de enero de 2021. Esta autorización supone la actualización por parte del Consejo de Gobierno del complemento de destino regulado en el artículo 79.1 a) de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, con un incremento del 0,9 por cien respecto al correspondiente al año 2020.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 26.1 de la Norma Foral 1/2021, de 26 de enero, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2021:

'Las retribuciones íntegras del personal funcionario y laboral de la Diputación Foral de Álava, de los organismos autónomos forales y de los consorcios forales para el 2021, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020, se incrementarán de conformidad con lo previsto en esta Norma Foral, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo y sin que puedan superar las limitaciones establecidas en la legislación básica estatal'.

La disposición adicional segunda de la referida Norma Foral 1/2021, de 26 de enero, dispone que:

'Se establece un incremento de las retribuciones para el ejercicio 2021 que se determinará por el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Álava y por los órganos competentes del resto de entidades del sector público foral a los que se autoriza para ello, que será, como máximo, el establecido como límite general en la legislación básica estatal'.

Existiendo dotación presupuestaria suficiente, procede incrementar las retribuciones del personal y cargos públicos forales al servicio del Organismo Autónomo de Bomberos Forales de Álava en un 0,9 por ciento respecto a las del año 2020.

Visto el informe favorable de fiscalización previa número 462/2021 emitido por el Servicio de Intervención y Control, de conformidad con lo establecido en la Norma de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava.

El artículo 13.2.f) de los estatutos del organismo autónomo regula que es competencia del Consejo de Administración elevar a la aprobación del Consejo de Diputados, en coordinación con el Departamento responsable en materia de función pública, las propuestas relativas a condiciones de trabajo del personal al servicio del Organismo Autónomo, previa negociación con la representación legal de los trabajadores/as en la correspondiente mesa de negociación.

Efectuada la negociación con la representación del personal en la mesa de negociación.

En su virtud, a propuesta del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Foral Arabako Foru Suhiltzaileak-Bomberos Forales de Álava, y previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral en sesión celebrada en el día de la fecha,

ACUERDO

Primero. Incrementar las retribuciones del personal y cargos públicos forales al servicio del Organismo Autónomo Foral 'Arabako Foru Suhiltzaileak-Bomberos Forales de Álava' en un 0,9 por ciento respecto a las del año 2020, con fecha de efectos de 1 de enero de 2021.

Segundo. Contra el presente acuerdo podrá interponerse, a partir del día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vitoria-Gasteiz, a 21 de septiembre de 2021

El diputado general

RAMIRO GONZÁLEZ VICENTE

La diputada foral de Equilibrio Territorial

IRMA BASTERRA UGARRIZA

El director de Equilibrio Territorial

JESÚS MARÍA GUINEA DÍAZ DE OTALORA