Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
27/03/2015

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. PERSONAL LABORAL de Asturias

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 24 de Marzo de 2015 en adelante

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Resolucion de 24 de marzo de 2015, de la Consejeria de Hacienda y Sector Publico, por la que se adiciona clave de experiencia al V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administracion del Principado de Asturias. [Cod. 2015-05605] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 72 de 27/03/2015)

Por este motivo, una vez determinada la clave de experiencia apropiada al contenido de los citados puestos, de acuerdo con los artículos 7, 9 y 40 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias se ha sometido a informe de la Comisión de Clasificación Profesional la correspondiente propuesta que ha sido debatida, junto con las modificaciones de los puestos de trabajo, en sesiones celebradas el 20 y 23 de marzo de 2015.

En virtud de cuanto antecede, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7 del V Convenio Colectivo de aplicación y en el ejercicio de las facultades atribuidas en el artículo 15 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, por la presente,

RESUELVO

Primero.-Añadir al anexo V 'Claves de experiencias' del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias la clave que se recoge en el anexo de esta Resolución.

Segundo.-Dar traslado de esta Resolución a las Consejerías y Organismos afectados así como a las organizaciones representadas en la Comisión de Clasificación, con la indicación a éstas de que este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de este orden en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin perjuicio de la posibilidad de interponer previamente el recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Sector Público en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 24 de marzo de 2015.-La Consejera de Hacienda y Sector Público, Dolores Carcedo García.-Cód. 2015-05605.

Anexo

CLAVES DE EXPERIENCIAS

Clave

Titulación académica

149

Experiencia en la elaboración, gestión y coordinación de actividades educativas en educación infantil