Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS (39000475011981) de Cantabria
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019 en adelante
Resolucion disponiendo la inscripcion en el Registro y publicacion del Acuerdo de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Empleados de Fincas Urbanas de Cantabria, por el que se aprueban las Tablas Salariales para el año 2019. Codigo 39000475011981 (Boletín Oficial de Cantabria num. 134 de 12/07/2019)
Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de del Sector de Empleados de Fincas Urbanas de Cantabria, de fecha 11 de febrero de 2019, sobre revisión de cuantías salariales y aprobación de tablas para 2019 y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de los Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre Asunción de Funciones y Servicios Transferidos, así como en el Decreto 41/2018, de 10 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y se modifican las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y del Instituto Cántabro de Estadística.
ACUERDA
1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.
2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del texto del Acta de acuerdo y tablas salariales en el Boletín Oficial de Cantabria.
Santander, 4 de julio de 2019.
Dirección General de Trabajo
(P.S. Decreto 114/2015, de 13 de agosto, B.O.C. Ext. 14-08-2015),
el director del Servicio Cántabro de Empleo,
José Manuel Callejo Calderón.
ACTA DE REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA DEL V CONVENIO
COLECTIVO DEL SECTOR DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE CANTABRIA
ASISTENTES:
Por CNT: Por ASEFUCA:
Fidel Manrique Garrido
José Manuel Fernández Salas Antonio Mantecón Soberón José Manuel Hermosa de los Ríos
Magdalena Hermosa de los Ríos
Por CC.OO.:
Placidia Soberón
Por UGT:
Mar Río Endrinal
En Santander, siendo las 10:00 horas del día 11 de febrero de 2019, se reúne, en la sede del Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ORECLA), sita en Pasaje de Peña, nº4, Planta 3ª, la Mesa Negociadora del V Convenio Colectivo de Empleados de Fincas Urbanas de Cantabria, cuyos miembros se relacionan más arriba.
La reunión se celebra con el objeto de proceder - con arreglo a lo dispuesto por el artículo 10 del Convenio- a la revisión de las Tablas Salariales, actualizándolas para el año 2019, las cuales son presentadas por el Secretario de la Mesa y - una vez revisadas por los asistentes, que las encuentran correctas- son aprobadas por unanimidad, procediéndose a su firma, para su registro ante la Autoridad Laboral y posterior publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Por último, se acuerda encomendar al ORECLA que proceda al registro de las citadas Tablas Salariales ante la Autoridad Laboral competente.
Y, sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 10:45 horas del día de la fecha.
REPRESENTACIÓN SOCIAL: REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ANEXO I. TABLA SALARIAL
Salario Base Convenio
Número de viviendas | Año 2019 Euros/mes |
De 1 a 10 viviendas | 947,57 |
De 11 a 20 viviendas | 979,88 |
De 21 a 30 viviendas | 1.009,34 |
De 31 a 40 viviendas | 1.038,88 |
De 41 a 60 viviendas | 1.048,75 |
De 61 a 80 viviendas | 1.062,80 |
De 81 a 100 viviendas | 1.083,84 |
De 101 a 120 viviendas | 1.100,08 |
De 121 a 140 viviendas | 1.116,59 |
De 141 a 160 viviendas | 1.133,34 |
De 161 a 180 viviendas | 1.150,34 |
De 181 a 200 viviendas | 1.167,59 |
De 201 en adelante | 1.185,12 |
HORAS EXTRAORDINARIAS
Número de viviendas | Normal | Año 2019 Euros/hora Festivo | |
De 1 a 10 viviendas | 11,48 | 13,39 | |
De 11 a 20 viviendas | 11,85 | 13,86 | |
De 21 a 30 viviendas | 12,20 | 14,27 | |
De 31 a 40 viviendas | 12,57 | 14,65 | |
De 41 a 60 viviendas | 12,71 | 14,81 | |
De 61 a 80 viviendas | 12,86 | 15,01 | |
De 80 a 100 viviendas | 13,12 | 15,34 | |
De 101 a 120 viviendas | 13,32 | 15,54 | |
De 121 a 140 viviendas | 13,50 | 15,76 | |
De 141 a 160 viviendas | 13,72 | 16,00 | |
De 161 a 180 viviendas | 13,93 | 16,24 | |
De 181 a 200 viviendas | 14,13 | 16,46 | |
De 201 en adelante | 14,42 | 16,75 |
ANEXO II. COMPLEMENTOS SALARIALES
COMPLEMENTOS SALARIALES
Calefacción y/o agua caliente:
' Combustibles sólidos............. 135,31 € /mes
' Combustibles Líquidos o gaseosos 51,55 € /mes
Complemento consolidado de antigüedad
' Por cada trienio completo al 31.12.2003 19,71 € /mes
' Por cada año o fracción que faltara para
' cumplir el trienio al 31.12.2003 6,57 € /mes
Complemento de basuras por cada propietario 4,29 € /mes
ANEXO III. AUXILIARES ADMINISTRATIVOS
SALARIO MENSUAL 2019 | RETRIBUCIÓN ANUAL (14 PAGAS) |
900 EUROS | 12.600 EUROS |