Convenio Colectivo de Sec...iudad Real

Última revisión
19/05/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de DISTRIBUCION DE GASES LICUADOS DEL PETROLEO (13000455011985) de Ciudad Real

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Documento oficial en PDF(Páginas 57-58)

Tablas salariales definitivas para 2010, sobre la revision del convenio colectivo de las empresas distribuidoras de Gases Licuados del Petroleo de Ciudad Real (Boletín Oficial de Ciudad Real num. 60 de 19/05/2010)

Preambulo

RESOLUCIÓN

Visto el contenido del acta de fecha 15-01-2010, a la que acompaña tablas salariales definitivas para 2010, sobre la revisión del convenio colectivo de las empresas distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo de Ciudad Real, presentadas con fecha 21 de enero de 2010, en esta Delegación Provincial de Trabajo y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo previsto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprue bael texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BoletínOficial del Estado del 6 de junio), el contenido del Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, sobre Traspaso de Funciones y de Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral), el Decreto 92/2004, de 11-052004, por el que se establece la Estructura Orgánica y las Competencias de la Consejería de Trabajo y Empleo y el Decreto 77/2006, de 06-06-06, por el que se atribuyen competencias en materia de coopera tivas, sociedades laborales, trabajo y prevención de riesgos laborales a los diferentes órganos de la Con sejería de Trabajo y Empleo, por el que se establece la Estructura Orgánica y las Competencias de la Consejería de Trabajo y Empleo, modificado por Decreto 116/2007, de 10-07-2007.

Esta Delegación Provincial de Trabajo y empleo,

Acuerda:

1º.-

Ordenar la inscripción de la citada revisión, en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de esta Delegación Provincial, siendo su código 1300455, con notificación a la Comisión Negociadora.

2º.-

Remitir copia de la citada acta así como de las tablas salariales a la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación, en cumplimiento de la normativa vigente en materia de convenios colectivos.

3º.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real.

Así lo acuerdo y firmo en Ciudad Real, a 8 de marzo de 2010.

-El Delegado Provincial de Trabajo y Empleo, Luis Díaz-Cacho Campillo.

ACTA DE LA COMISION MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LA ACTIVIDAD DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO DE CIUDAD REAL

Asistentes:

- Parte Empresarial: Araceli Doménech Sebastiá (Asesora).

- Parte social:

CC.OO.: Antonio Rodríguez Amarillo (Asesor). D.N.I. número 5888463 A.

U.G.T.: Agustín Pérez Expósito (Asesor). D.N.I. número 5905676 N.

En Miguelturra, siendo las 11,00 horas, del día 15 de enero de 2010, reunidos los arriba relacionados en los locales de la Confederación Provincial de Empresarios CEOE-CEPYME, en calidad de miembros de la Comisión Mixta del convenio colectivo provincial para la actividad de Empresas Distribuido ras de GLP, de Ciudad Real, han adoptado los siguientes acuerdos:

Primero.-

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 4 del convenio colectivo provincial de Empresas Distribuidoras de GLP, de Ciudad Real, se procede a elaborar como anexo I, la tabla salarial defintiva para el año 2010 aplicando un 1,8% (IPC real 2009 + 1%).

Segundo.-

Elevar copia de la presente acta y anexo I, a la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para que proceda a su registro en el Libro de Convenios y a su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero.-

Designar como domicilios a efectos de notificaciones, los siguientes:

CCOO: Calle Juan Bravo, número 6, Puertollano.

CEOE-CEPYME: CarrteraCiudad Real-Valdepeñas, km.3, Miguelturra.

Y en prueba de conformidad firman las partes la presente acta a los efectos oportunos.

(Firmas ilegibles).

TABLA SALARIAL DEFINITIVA 2010 (Subida 1,8%)

CONVENIO EMPRESAS DISTRIBUIDORAS GLP

Categorías

Salario mes euros

Encargado General

985,84

Jefe de Negociado

905,72

Oficial Administrativo

905,72

Auxiliar Administrativo

820,03

Cobrador

820,03

Telefonista

820,03

Aspirante

820,03

Conductor Repartidor

841,52

Conductor camión pesado

841,52

Almacenero-Carretillero

841,52

Jefe de mercancías

841,52

Mecánico Instalador

841,52

Mecánico Visitador

841,52

Guarda almacén

841,52

Conductor carretilla

841,52

Plustransporte

-

Todas las categorías

3,38

(Firmas ilegibles).