Convenio Colectivo de Sec... de Málaga

Última revisión
26/01/2023

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION, OBRAS PUBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES (29000095011982) de Málaga

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES (Boletín Oficial de Málaga num. 17 de 26/01/2023)


Convenio: Construcción, obras públicas y oficios auxiliares.
Expediente: 29/01/0001/2023.
Fecha: 12 de enero de 2023.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Código: 29000095011982.

RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES


Visto el acuerdo, de fecha 14 de noviembre de 2022 de la comisión negociadora del con-venio colectivo del sector de la construcción, obras públicas y oficios auxiliares, número de expediente REGCON 29/01/0001/2023 y código de convenio colectivo 29000095011982, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE número 143, de 12 de junio de 2010) esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo a través de medios telemáticos, con notificación a la comisión negociadora, quien queda adver-tida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas, con especial advertencia de que el ningún trabaja-dor podrá percibir mensualmente como salario cantidades inferiores al SMI que se establezca en cada momento de vigencia del convenio.

2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 12 de enero de 2023.

La Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, María del Carmen Sánchez Sierra.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES DE MÁLAGA Y SU PROVINCIA PARA EL AÑO 2022-2026

Reunida en Málaga, el día 14 de noviembre del año 2022, la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Ofi-cios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, con la asistencia de don Juan Antonio Rueda Fernández y don Diego Ruiz Montesinos por CCOO-HABITAT; don José Manuel Pallares González y don David Conde Conde por UGT-FICA; y doña Violeta Aragón Correa, don Francisco Romero Pérez, por parte de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga (ACP Málaga), todos ellos miembros de la mencionada comisión, y con el siguiente:

Orden del día.

I. Revisión de las tablas salariales 2022.

Acuerdan

Incrementos económico

Los miembros de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, proceden a actualizar las tablas salariales para el año 2022 por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 del VI Convenio General del Sector de la Construcción conforme a la nueva redacción dada por virtud del acuerdo suscrito por la comisión negociadora del referido convenio de la construcción, con fecha 13 de junio de 2022, y que fue publicado en el BOE, de fecha 5 de agosto de 2022, y en su virtud acuerdan que:

Las tablas provinciales del año 2021 y vigentes durante el ejercicio se actualizarán en un 3,00 por 100 con efectos desde el día 1 de enero de 2022. Las tablas salariales revisadas correspondientes a los años 2022 se adjuntan a la presente acta, como anexos II, III y VI. Estas tablas, que serán de aplicación con efectos desde el 1 de enero del año 2022, no son ningún documento contractual, y solo se firman como mera referencia y ayuda a empresas y trabajadores.

Las partes negociadoras recuerdan que el 1 de enero de 2015 entró en vigor el nuevo sistema de clasificación profesional, motivo por el que recomiendan que, a efectos retributivos, se haga constar el grupo profesional (como es preceptivo desde esa fecha) y, además, se siga indicando la antigua categoría profesional, como medio de acreditar el nivel retributivo correspondiente.

Cláusula de garantía salarial

Aunque no se establece cláusula de garantía salarial para el año 2022 de manera independiente, si se estará a lo pactado en el ámbito estatal, donde se establece una cláusula de garantía salarial, de manera que si el valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del índice de precios al consumo de los meses de enero de 2022 a diciembre de 2024, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se situara en un nivel superior al 10,0 %, y siempre con un máximo de un 13,0 %, se incrementarán con efectos de 1 de enero de 2025 las tablas salariales del año 2024, sin efectos retroactivos, de manera que el 50,0 % de ese exceso irá en un 50,0 % a incremento salarial en las tablas salariales y el otro 50,0 % a aportación al plan de pensiones de las personas trabajadoras en alta en la empresa a dicha fecha de 1 de enero de 2025; la aportación al plan de pensiones se llevará a cabo en los términos, condiciones y para aquellas personas partícipes que se dispongan conforme al nuevo artículo 52 bis introducido en el VI Convenio General del Sector de la Construcción por virtud del acuerdo suscrito por la comisión negocia-dora del referido convenio con fecha 13 de junio de 2022, y que fue publicado en el BOE, de fecha 5 de agosto de 2022.

Plan de pensiones

La comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026 se compromete, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 52.bis del VI Convenio General del Sector de la Construcción, en su redacción dada por virtud del acuerdo de la Comisión negociadora del referido convenio, de fecha 13 de junio de 2022, y que fue publicado en el BOE, de fecha 5 de agosto de 2022, a seguir las pautas y confirmar los acuerdos que a nivel nacional se estipulen en relación al impulso de los planes de pensiones de empleo simplificado sectorial que van a ser activados tras la promulgación de la Ley 12/2022, de 30 de junio (Boletín Oficial del Estado, de 1 de julio de 2022).

No habiendo más asuntos que tratar, se aprueba la presente acta, suscribiendo la misma todos los asistentes.

Siendo las 13:00 horas, se levanta la sesión en Málaga, a 14 de diciembre de 2022

ANEXO II

Tabla de salarios, plus salarial y plus extrasalarial. Año 2022

TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR PDF ADJUNTO.

ANEXO III

Tabla de pagas extraordinarias y de vacaciones. Año 2022

TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR PDF ADJUNTO.

ANEXO VI

Tabla de horas extraordinarias. Año 2022

TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR PDF ADJUNTO.