Convenio Colectivo de Sec...2) de Jaén

Última revisión
20/12/2021

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (23000375011982) de Jaén

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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Aprobación del calendario laboral para 2022 del Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Jaén. (Boletín Oficial de Jaén num. 240 de 20/12/2021)

REFERENCIA: Convenios Colectivos/Calendario Laboral.

EXPEDIENTE: 23/01/0089/2021.

CÓDIGO CONVENIO: 23000375011982.

Vista el Acta de fecha 09 de diciembre de 2021, recibida en esta Delegación Territorial el día 10 de diciembre de 2021, suscrita por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito sectorial para Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Jaén, por medio de la cual se aprueba el calendario laboral que ha de regir en el citado Sector durante el año 2022, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto del Presidente 3/2020, de 03 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario núm. 54, de 03 de septiembre), en relación con el Decreto 115/2020, de 08 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA extraordinario número 55, de 10 de septiembre), y Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario número 90, de 30 de diciembre),

Esta Delegación Territorial, Acuerda:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad con funcionamiento mediante procedimientos electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

ASISTENTES:

FICA – UGT.

D. Domingo Ocaña Fernández

CC.OO. DEL HABITAT.

D. Juan Jumillas Jiménez.

ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE CONSTRUCTORES Y PROMOTORES DE OBRAS DE JAÉN.

D. Francisco Chamorro Ortega.

D. José Ángel Mesa Fernández.

En Jaén, siendo las 10:00 horas del día 09 de diciembre de 2021, en las oficinas de la CEJ, sita en el Paseo de la Estación, 30-8.ª planta, se reúnen los vocales al margen relacionados, componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas para la provincia de Jaén, con el siguiente: Orden del Día

1. Estudio, elaboración y aprobación si procede del Calendario Laboral que ha de regir en la provincia de Jaén durante el ejercicio 2022.

2. Exigencia de atrasos de las Tablas Salariales para el 2021.

Reconociéndose unánimemente todos los asistentes capacidad y representatividad suficiente para la celebración del presente Acto, estudiado y debatido el Orden del día, se adopta por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.- Aprobar el Calendario Laboral del sector de la Construcción y Obras Públicas en la provincia de Jaén para el año 2022 que como anexo se une a la presente acta.

2.- Habiéndose publicado en el día de hoy las Tablas Salariales para el ejercicio 2021 junto al Convenio Colectivo de Trabajo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Jaén, se conviene por los asistentes que los atrasos que se generen desde el 1 de enero de 2021 serán exigibles en un plazo máximo de tres meses desde el día 9 de diciembre de 2021.

2.- Comisionar a D. Domingo Ocaña Fernández, para que solicite de la Autoridad Laboral el registro, depósito y publicación de la presente Acta y su anexo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión, firmando en prueba de conformidad por los asistentes, en el lugar y fecha, indicados en el encabezamiento de la presente Acta.

CALENDARIO LABORAL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN DE JAÉN PARA EL AÑO 2022

Calendario omitido. Consultar pdf adjunto a la norma. 

- El periodo de vacaciones anual contendrá necesariamente 168 Horas (21 días laborables).

- En este calendario habrá que añadir dos días de fiestas locales para cada población, que de coincidir con sábado, domingo o fiesta por ajuste de calendario, se señalaran en el día laborable inmediatamente anterior al festivo local. Si dichas fechas coincidieran con día de jornada intensiva habrá que descontar una hora de otro día de 8 horas para el cuadre anual.

- Se determinarán los días 7 de enero, 31 de octubre y 7 de diciembre como festivos por ajuste de calendario.

- Desde el 1 de julio al 26 de agosto ambos inclusive, la jornada laboral será de 7 Horas efectivas de trabajo, de 7:00 a 14:00 Horas.

- Los días 5 de enero, 11, 12 y 13 de abril la jornada laboral será de 6 horas efectivas de trabajo de 8:00 a 14:00 horas.

- El resto de jornada que componen este calendario serán de 8 Horas en horario de jornada partida de 8 a 18 horas máximo, con los descansos incluidos de almuerzo (60 o 90 minutos), y tiempo de bocadillo de 30 minutos.

- Todo ello para adecuar el calendario laboral a las 1736 Horas anuales establecidas.

- Las empresas que antes del 30 de enero hubiesen elaborado un calendario propio consensuado con la representación legal de los trabajadores se regirán por ese calendario propio.

- Aquellas empresas adscritas al convenio provincial de la construcción y que por causas sobrevenidas no pudiesen llevarlo a efecto, comunicaran a la comisión paritaria de interpretación del convenio colectivo provincial de la construcción, una modificación del mismo, haciendo constar los motivos de tal petición y aportando los documentos que justifiquen la misma. La modificación del calendario no será efectiva hasta que se pronuncie sobre la misma la comisión paritaria, dentro de los plazos que establece el convenio para contestar.

Jaén, 15 de diciembre de 2021.- El Jefe del Servicio de Administración Laboral, MANUEL JESÚS COLMENERO LÓPEZ