Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
16/05/2016

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (33000295011979) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 19-20)

Resolucion de 3 de mayo de 2016, de la Consejeria de Empleo, Industria y Turismo, por la que se ordena la inscripcion de la revision salarial para el año 2016 del Convenio Colectivo del sector de Construccion y Obras Publicas del Principado de Asturias en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de la Direccion General de Trabajo. [Cod. 2016-04846] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 112 de 16/05/2016)

Visto el Acta de la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo del sector de Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias (Expediente C-037/2013, Código 33000295011979), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 29 de abril de 2016, en la que se acuerda la revisión salarial para el año 2016, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 14 de agosto de 2015, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 3 de mayo de 2016.-El Consejero de Empleo, Industria y Turismo.-P.D. autorizada en Resolución de 14-8-2015 (publicada en el BOPA núm. 191, de 18-VIII-2015), el Director General de Trabajo.-Cód. 2016-04846.

En Oviedo a 15 de abril de 2016.

Reunidos, la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias, compuesta por compuesta por Daniel García-Balbín Álvarez y Cristina Fernández Díaz en representación de la Confederación Asturiana de la Construcción-Asprocon, y Nerea Monroy Rosal, en representación de la Central Sindical MCA-UGT y Hortensio Mortera Llaneza, en representación de Comisiones Obreras de Construcción y Servicios de Asturias.

Acuerdan

1.º-En el art. 20.2 del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias se establece que para el año 2016, el incremento salarial será el acordado por la Comisión Negociadora del Convenio General incrementado en el 0,25.

2.º-En fecha 5 de abril de 2016 se reunió la Comisión Nacional del Convenio acordando una subida del 0,9% por lo que en cumplimiento del art 20.2 del Convenio de Asturias les procedemos a adjuntar la tabla salarial para el año 2016.

3.º-La tabla salarial adjunta, tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2016.

Se autoriza a doña Mónica Alonso García, con DNI9414155-W para la inscripción en el Registro de la presente acta.

TABLA SALARIAL CONVENIO CONSTRUCCIÓN AÑO 2016 (1,15% sobre tabla 2.015)

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PLUS MIXTO EXTRASALARIAL: 2,42 DIETA: 34,97

KILOMETRAJE, EUROS/KM: 0,3286 MEDIA DIETA: 10,05

FÓRMULA CÁLCULO HORA EXTRA: RETRIBUCIÓN ANUAL/JORNADA ANUAL INCREMENTADO EN UN 17%