Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
02/01/2015

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (33000295011979) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 10 de Diciembre de 2014 en adelante

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Documento oficial en PDF(Páginas 47-48)

Resolucion de 10 de diciembre de 2014, de la Consejeria de Economia y Empleo, por la que se ordena la inscripcion del acuerdo mediante el que se fija el calendario laboral para el año 2015 del Convenio Colectivo del sector de Construccion y Obras Publicas del Principado de Asturias, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de la Direccion General de Trabajo. [Cod. 2014-21979] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 1 de 02/01/2015)

Preambulo

Visto el acta de la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo del sector de Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias (expediente C-037/2013, código 3300295011979), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del Principado de Asturias el 5 de diciembre de 2015, en la que se fija el calendario laboral para el año 2015, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 10 de diciembre de 2014.-El Consejero de Economía y Empleo.-P.D., autorizada en Resolución de 3-07-2012 (publicada en el BOPA n.º 156, de 6-07-2012), el Director General de Trabajo.-Cód. 2014-21979.

En Oviedo, a 4 de diciembre de 2014.

Reunida la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias, compuesta por D. Daniel García-Balbín Álvarez y D.ª Cristina Fernández Díaz en representación de la Confederación Asturiana de la Construcción-Asprocón, y D.ª Nerea Monroy Rosal, en representación de la Central Sindical MCA-UGT y D. Ernesto Fernández Fuertes, en representación de Construcción y Servicios de Comisiones Obreras de Asturias

Acuerdan

Que la Jornada Laboral para el año 2015 viene fijada en 1.738 horas anuales por el Convenio General del Sector.

a) Por ello con el fin de adecuar el calendario laboral para el año 2015, se determinan como días no laborales, abonables y no recuperables los que a continuación se indican:

1.º Todos los domingos del año.

2.º Todos los sábados del año.

3.º Las festividades de carácter nacional.

4.º Las dos fiestas locales fijadas en cada Municipio.

5.º Los siguientes días determinados para el Sector:

2 de enero.

5 de enero.

16 de febrero.

25 de mayo.

7 de septiembre.

24 de diciembre.

28 de diciembre.

29 de diciembre.

30 de diciembre.

31 de diciembre.

b) Con el objeto de dar cumplimiento a la jornada anual en aquellos Municipios donde la fiesta local coincida con alguna de las estipuladas anteriormente, esta será trasladada al día siguiente laborable.

(Al coincidir el 25 de julio de 2015 la fiesta local de Sama de Langreo en sábado, ésta se trasladará al día siguiente laborable, esto es el día 27 de julio).

c) Dicha distribución de la jornada significa una jornada anual inferior en dos horas a la estipulada por Convenio, que se compensará en años venideros.

Se autoriza a doña Mónica Alonso García, con DNI 9414155-W para la inscripción en el Registro del presente acta.