Convenio Colectivo de Sec... Barcelona

Última revisión
15/08/2003

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSIGNATARIAS DEL MERCADO CENTRAL DEL PESCADO (08001525012001) de Barcelona

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2002

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RESOLUCIÓN TIC/2469/2003, de 8 de julio, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de revisión del IPC para el período 1.2.2002-31.1.2003 y de revisión para el período 1.2.2003-31.1.2004 del Convenio colectivo de trabajo de las empresas consignatarias del Mercado Central del Pescado de Barcelona (código de convenio núm. 0801525). (Diario Oficial de Cataluña num. 3949 de 19/08/2003)

Visto el Acuerdo de revisión del IPC y de revisión del Convenio colectivo de trabajo de las empresas consignatarias del Mercado Central del Pescado de Barcelona, suscrito por el Gremio de Consignatarios Mayoristas Concesionarios del Mercado Central de Pescados y Mariscos Frescos y Congelados de Barcelona y Provincia, CGT y CCOO el día 22 de abril de 2003, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2. b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña; el Real decreto 2342/1980, de 3 de octubre, sobre transferencia de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Decreto 326/1998, de 24 de diciembre, de reestructuración de las delegaciones territoriales del Departamento de Trabajo; el Decreto 253/2002, de 4 de noviembre, de fusión del Departamento de Trabajo con el de Industria, Comercio y Turismo, y el Decreto 284/2002, de 12 de noviembre, de reestructuración parcial de varios departamentos de la Generalidad,

RESUELVO:

1 Disponer la inscripción del Acuerdo de revisión del IPC para el período 1.2.2002- 31.1.2003 y de revisión para el período 1.2.2003- 31.1.2004 del Convenio colectivo de las empresas consignatarias del Mercado Central del Pescado de Barcelona (código de convenio núm. 0801525) en el Registro de convenios de Barcelona de la Subdirección General de Asuntos Laborales y de Ocupación.

2 Disponer que el texto mencionado se publique en el DOGC.

Barcelona, 8 de julio de 2003 FRANCISCA ANTOLINOS I JIMÉNEZ

Subdirectora general de Asuntos Laborales y de Ocupación en Barcelona

Transcripción literal del texto firmado por las partes

ACUERDO de revisión de IPC para el período 1.2.2002- 31.1.2003 y de revisión para el período 1.2.2003- 31.1.2004 del Convenio colectivo de trabajo de las empresas consignatarias del Mercado Central del Pescado de Barcelona

Asistentes:

Por la representación patronal: Jaime Pijuan Nogueron, Miguel López García, Juan Roca Solano y José Roqueta Navarro.

Por la representación social: Gabriel Serra Ferrer, Sergi Pérez Vigo, Miguel Aixala Mur y José María Mas García.

En la ciudad de Barcelona, a 22 de abril de 2003. Siendo las 8 horas del día mencionado, se reúne la Comisión Paritaria regulada en el artículo 56 del Convenio colectivo de las empresas consignatarias del Mercado Central del Pescado de Barcelona, que actúan en las calidades que asimismo se mencionan al final de la presente Acta.

Es objeto de la reunión de la Comisión Paritaria proceder a la fijación de la nueva tabla salarial en atención a lo establecido en el artículo 17 del Convenio colectivo vigente, suscribiendo por ambas partes la presente Acta a la que se adjunta una tabla salarial que ya se está aplicando con normalidad desde primero de febrero a la que las partes comparecientes dan su conformidad firmándola en prueba de ello en el lugar y fecha arriba indicados.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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