Convenio Colectivo de Sec... de Burgos

Última revisión
27/04/2007

Revision. Convenio Colectivo de Sector de REPOSTERIA INDUSTRIAL Y OBRADORES Y DESPACHOS DE CONFITERIA, PASTELERIA, REPOSTERIA Y BOLLERIA (09000485011982) de Burgos

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007

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Resolucion de fecha 26 de marzo de 2007 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone la publicacion de las tablas salariales del año 2007, del convenio colectivo del sector provincial para las actividades de «Reposteria Industrial y Obradores y Despachos de Confiteria, Pasteleria, Reposteria y Bolleria de la provincia de Burgos». Codigo Convenio 0900485. (Boletín Oficial de Burgos num. 27 de 27/04/2007)

Preambulo

Visto el acuerdo de fecha 27 de febrero de 2007, recibido en esta Oficina el día 23 de marzo de 2007 suscrito por la Asociación Provincial de Empresarios de Confitería, Pastelería y Bollería de Burgos, y las Centrales Sindicales CC. OO., U. S. O. y U. G. T., por el que se establece la publicación de las tablas salariales del año 2007 del convenio colectivo del sector para las actividades de «Repostería Industrial y Obradores y Despachos de Confitería, Pastelería, Repostería y Bollería de la provincia de Burgos», que fue inscrito reglamentariamente en el Registro de esta Entidad el día 14 de noviembre de 2006, publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia, número 229, de fecha 1 de diciembre de 2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6- 6- 81) sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, teniendo en cuenta lo previsto en el R. D. 831/95, de 30 de mayo (B. O. C. y L. 6- 7- 95), el Decreto 120/1995, de 11 de julio, de Atribución de Funciones y Servicios en Materia de Trabajo y la Orden de 12 de septiembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (B. O. C. y L. n.º 183, de 24- 9- 97).

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a las partes interesadas.

Segundo

Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Burgos, a 26 de marzo de 2007. - El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Antonio Corbí Echevarrieta.

CONVENIO REPOSTERIA INDUSTRIAL Y OBRADORES AÑO 2007 PERSONAL DE FÁBRICA

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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