Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
14/04/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE CONFECCION DE ANTE, NAPA Y DOBLE FAZ (7900295) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2009 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 242-244)

RESOLUCION TRE/1071/2010, de 12 de marzo, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion de la revision salarial del IPC para 2009 y el incremento del año 2010 del Convenio colectivo de trabajo para las industrias de confeccion de ante, napa y doble faz de Cataluña (codigo de convenio num. 7900295). (Diario Oficial de Cataluña num. 5607 de 14/04/2010)

Preambulo

Visto el texto de la revisión salarial del IPC para 2009 y el incremento del año 2010 del Convenio colectivo de trabajo para las industrias de confección de ante, napa y doble faz de Cataluña, suscrito por la Comisión paritaria el 22 de enero de 2010, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 2.e) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 170 de la Ley 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,

Resuelvo:

1

Disponer la inscripción de la revisión salarial del IPC para 2009 y el incremento del año 2010 del Convenio colectivo de trabajo para las industrias de confección de ante, napa y doble faz de Cataluña (código de convenio núm. 7900295) en el Registro de convenios de la Dirección General de Relaciones Laborales.

2

Disponer que el citado texto se publique en el DOGC, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Notifíquese esta Resolución a la Comisión paritaria del Convenio.

Barcelona, 12 de marzo de 2010

Salvador Álvarez Vega

Director general de Relaciones Laborales

Transcripción literal del texto firmado por las partes

ACTA de la Comisión paritaria del Convenio nacional de Catalunya para las industrias de confección de ante, napa y doble faz

2008/2010

En Barcelona a 22 de enero de 2010, en el local social de la Agrupación Catalana Empresarial de Confeccionistas de Ante, Napa y Doble Faz, se reúnen sito en Urgell 260, los abajo relacionados, representantes de las Federaciones Sindicales de FITEQA-CCOO y FIA-UGT así como de la Agrupación Empresarial de Catalunya de Industrias de Confección de Ante, Napa y Doble Faz, para levantar Acta de la Comisión paritaria del Convenio nacional de Catalunya para las industrias de confección de ante, napa y doble faz.

Representación empresarial:

Jorge Mullor López, José Ramón Fernández López, Arturo de Sangenís Alsina.

FITEQA-CCOO:

Carlos Chicano Sánchez.

FIA-UGT:

Sergio Moreno Rodríguez.

Ambas partes se reconocen mutua y respectivamente capacidad y representación llegando a los siguientes

Acuerdos

1.

Revisión de las Tablas Salariales del año 2009 aplicando la diferencia (0,00%) entre el IPC previsto y el IPC real, con carácter retroactivo a 1 de enero de 2009. En cumplimiento del artículo 12 del presente Convenio.

2.

Dichas tablas revisadas, son tomadas como referencia para los incrementos salariales del año 2010 (0,5%+1%) según el artículo 11 del presente Convenio.

3.

La fecha máxima para el pago del incremento de 2010, se fija a 30 de abril de 2010.

4.

A esta acta se adjuntan las Tablas Salariales con la revisión del año 2009 y el incremento del año 2010.

5.

Que todas las partes otorgantes de dicho Convenio acuerdan facultar a D. Arturo Sangenís, Secretario de la Agrupació Empresarial de Catalunya para solicitar la inscripción en el Departament de Treball de la presente Acta y sus anexos, así como para solicitar su publicación en el DOGC.

No habiendo más asuntos a tratar, se levanta la reunión siendo las 12 horas del día arriba indicado, firmando los presentes en prueba de conformidad.

Convenio colectivo ante, napa y doble faz de Catalunya (2008/2010)

ANEXO 1 Revisión salarial consecuencia de la desviación del IPC previsto por el gobierno con el IPC real entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, equivalente al 0%

Grupo profesional

1

828,74euros

2

873,10euros

3

906,44euros

4

970,49euros

5

976,70euros

6

1100,39euros

7

1248,61euros

8

1331,88euros

Póliza de seguros (anual)

13,34euros

ANEXO 2 Incremento salarial del Convenio para el año 2010, tablas incrementadas con el 1,5% (0,5%+1%)

Grupo profesional

1

841,17euros

2

886,20euros

3

920,03euros

4

985,05euros

5

991,35euros

6

1116,90euros

7

1267,34euros

8

1351,86euros

Póliza de seguros (anual)

13,54euros

(10.082.043)