Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE OPTICA AL DETALLE (08005835011994) de Barcelona
Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007
RESOLUCION TRE/3963/2007, de 10 de diciembre, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Convenio colectivo de trabajo del sector de comercio de optica al detalle de Barcelona y provincia para el año 2007 (codigo de convenio num. 0805835). (Diario Oficial de Cataluña num. 5046 de 11/01/2008)
Visto el texto del Convenio colectivo de trabajo del sector de comercio de óptica al detalle de Barcelona y provincia, suscrito por AECOP, AECO, CCOO-FITEQA y UGT-FCTCHTJ el día 28 de noviembre de 2007, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90.2 y 3 del
Resuelvo:
1 Disponer la inscripción del Convenio colectivo de trabajo del sector de comercio de óptica al detalle de Barcelona y provincia para el año 2007 (código de convenio núm. 0805835) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Barcelona.
2 Disponer que el texto mencionado se publique en el DOGC.
Barcelona, 10 de diciembre de 2007
Elisenda Giral i Masana
Directora de los Servicios Territoriales en Barcelona
Transcripción literal del texto firmado por las partes
Convenio
colectivo de trabajo del sector del comercio de óptica al detalle de Barcelona y provincia para el año 2007
Acta final de la Comisión Negociadora del 12º Convenio colectivo del sector del comercio de óptica al detalle de Barcelona y provincia (código Convenio: 0805835).
Asistentes:
Representación empresarial
AECOP: Ricardo Abellán Pliego.
AECO: Francesc Puig Domingo, Eva Torné, Alfonso García, Josep M. Sumalla y Miquel Magrinyà.
Representación de los trabajadores
FITEQA-CCOO: Rosa Escribá Martínez, Joan Carles Dolcet, Helena Olivares y Julio Rodríguez.
FCTCHTJ-UGT: Joaquín Carrasco Sáez, Montserrat Vilaplana, Bernardo Sánchez, Carlos Obradors, Flor Olmedo y Sergio Ramell.
En la ciudad de Barcelona, a 28 de noviembre de 2007 y en los locales de CCOO, Via Laietana, 16, de Barcelona, las representaciones arriba mencionadas constituidas en Comisión Negociadora del 12º Convenio colectivo del sector del comercio de óptica al detalle de Barcelona y su provincia (código Convenio: 0805835), llegan a los siguientes acuerdos, referidos al mencionado Convenio:
1. Se modifican el contenido de los artículos 19 y 22 del presente Convenio, siendo el redacto literal el que sigue:
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DEL COMERCIO DE ÓPTICA AL DETALLE DE BARCELONA Y PROVINCIA PARA EL AÑO 2007
Acta final de la Comisión Negociadora del 12º Convenio colectivo del sector del comercio de óptica al detalle de Barcelona y provincia (código Convenio: 0805835).
Asistentes:
Representación empresarial
AECOP: Ricardo Abellán Pliego.
AECO: Francesc Puig Domingo, Eva Torné, Alfonso García, Josep M. Sumalla y Miquel Magrinyà.
Representación de los trabajadores
FITEQA-CCOO: Rosa Escribá Martínez, Joan Carles Dolcet, Helena Olivares y Julio Rodríguez.
FCTCHTJ-UGT: Joaquín Carrasco Sáez, Montserrat Vilaplana, Bernardo Sánchez, Carlos Obradors, Flor Olmedo y Sergio Ramell.
En la ciudad de Barcelona, a 28 de noviembre de 2007 y en los locales de CCOO, Via Laietana, 16, de Barcelona, las representaciones arriba mencionadas constituidas en Comisión Negociadora del 12º Convenio colectivo del sector del comercio de óptica al detalle de Barcelona y su provincia (código Convenio: 0805835), llegan a los siguientes acuerdos, referidos al mencionado Convenio:
1. Se modifican el contenido de los artículos 19 y 22 del presente Convenio, siendo el redacto literal el que sigue:
Artículo 19
Salario base
Será el establecido, para cada categoría, en las tablas salariales anexas, que tendrá la consideración de salario base mínimo del sector para el año 2007 habiéndose establecido un incremento sobre las tablas del año 2006 una vez revisadas del 3,5%.
Artículo 22
Garantía de incremento salarial
El personal afectado por el presente Convenio que disfrutase de condiciones económicas superiores a las establecidas en el mismo tendrá un incremento mínimo para el año 2007 del 3% sobre el salario anual total del año 2006.
A tal efecto se adjuntan tablas salariales revisadas en anexo 1.
2. Se prorroga todo el contenido del hasta ahora vigente Convenio colectivo del sector del comercio de óptica al detalle de Barcelona y su provincia (código Convenio: 0805835) para todo el año de 2007, a excepción de las modificaciones acordadas en el punto 1 del presente acuerdo.
3. Ambas partes convienen que en tanto en cuanto no se firme el nuevo Convenio colectivo, todos los aspectos del Convenio en prórroga normativa se adaptarán a la vigente Ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
4. Se faculta a Joaquín Carrasco Sáez para que presente ante la autoridad laboral para el registro oportuno para su posterior publicación en el DOGC del presente acuerdo.
Y en prueba de conformidad se suscribe la presente Acta en el lugar y fecha antes mencionados.
ANEXO
Tabla salarial para el año 2007
E: euros.
E | |
Nivel 1 Director Óptico diplomado regentando | 1.478,30 |
Nivel 2 Jefe superior Contactólogo-óptico diplomado Encargado de tienda | 1.357,21 |
Nivel 3 Jefe de sección Optometrista-óptico diplomado Audioprotesista Analista Dependiente mayor Encargado de taller | 1.285,24 |
Nivel 4 Oficial de 1ª administrativo Programador Óptico diplomado en prácticas Dependiente de 1ª Oficial de 1ª de taller | 1.155,65 |
Nivel 5 Oficial de 2ª administrativo Dependiente de 2ª Cajero Oficial de 2ª de taller Encargado de almacén FP óptica-audioprotesista | 972,94 |
Nivel 6 Auxiliar administrativo de 1ª FP óptica-audioprotesista en prácticas Ayudante de tienda Auxiliar de caja Ayudante de taller Auxiliar de almacén Conserje Ascensorista Repartidor-motorista | 891,57 |
Nivel 7 Auxiliar administrativo de 2ª Mozo de tienda Mozo de taller Mozo de almacén Limpieza | 747,57 |
Nivel 8 Contratos de formación | 587,76 |
Nivel 9 Aprendiz de 2ª durante la vigencia de los contratos ahora en vigor | 570,00 |
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