Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
07/02/2019

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CENTROS ESPECIALES DE TRABAJADORES DISCAPACITADOS FISICOS Y/O SENSORIALES (79001565011999) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 99-101)

RESOLUCION TSF/172/2019, de 25 de enero, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo de la Mesa de negociacion del Convenio colectivo de trabajo del sector de centros especiales de trabajadores/as disminuidos fisicos y/o sensoriales de Cataluña, relativo a las tablas salariales 2016 y 2017 (codigo de convenio num. 790012565011999). (Diario Oficial de Cataluña num. 7805 de 07/02/2019)

Visto el texto del Acuerdo de la Mesa de negociación del Convenio colectivo de trabajo del sector de centros especiales de trabajadores/as disminuidos físicos y/o sensoriales de Cataluña, relativo a las tablas salariales 2016 y 2017, suscrito en fecha 12 de septiembre de 2018, de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

--1 Disponer la inscripción del acuerdo mencionado en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, con notificación a la Mesa de negociación.

--2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimento previo de los trámites pertinentes.

Barcelona, 25 de enero de 2019

Enric Vinaixa i Bonet

Director general de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo

Traducción del texto original firmado por las partes

Acuerdo de la Mesa de negociación del Convenio colectivo de trabajo del sector de centros especiales de trabajadores/as disminuidos físicos y/o sensoriales de Cataluña.

Asistentes

Representación patronal

FECETC

Julio Martínez, Miquel Vidal, Marta Alzina, Fco. Javier Guardiola, Bibiana Bendicho, Daniel Tulsà.

Sindicatos

CCOO: Estrella Gutiérrez y Laureà Bautista.

UGT: Macarena Osuna, Alejandro Carpintero, Fernando Guillermo, José Ordóñez, Manuel Hoyo, Carme Ruiz y Cristina Martin.

En Barcelona, el día 12 de septiembre de 2018, se reúnen a las 10 horas en la sede de UGT los señores y señoras que se relacionan arriba.

Acuerdos

Punto 1

Se fijan las siguientes tablas salariales (se adjuntan al anexo 1):

+ 2016 Incremento salarial, para todos los niveles, de un 2% al salario base y al plus de actividad.

+ 2017 Incremento salarial, para todos los niveles, de un 3% al salario base y al plus de actividad.

+ El incremento salarial podrá ser compensable y absorbible caso que esté especificado el pago a cuenta de convenio.

Punto 2

Estos incrementos serán abonados, con efecto retroactivo, antes del 31 de diciembre de 2018.

Punto 3

Se aplicará una reducción de jornada anual para el año 2018 de 10 horas, que pasará a ser de 1762 horas anuales efectivas.

Punto 4

Las tablas salariales que se acuerden para el año 2018, contemplarán la unificación del salario base, y el plus de actividad, por 14 mensualidades. Todo ello implica la creación de un complemento ad personam, ni compensable ni absorbible, para todos aquellos/as trabajadores/as que tengan un importe superior a lo que se acuerde en el convenio y que hace referencia al plus de actividad.

Punto 5

Reducción de 6 horas para uso del trabajador/a que se determinará en la negociación del año 2018.

Punto 6

Las partes se comprometen a seguir la negociación del convenio.

Este acuerdo será de aplicación desde la fecha de la firma. Y en prueba de conformidad, firmamos el presente acuerdo los representantes de cada una de las partes, en la ciudad y fecha reseñada en el encabezamiento.

Salarios 2015

Aplicando subida 2% a salario base y plus de actividad

Tablas 2016

Sueldo base

Anual (14)

Plus de actividad

Anual

Total anual

Mensual base+plus

Nivel 1

676,74

9474,35

6,35

1601,36

11075,71

810,19

Nivel 2

681,42

9539,90

7,27

1832,70

11372,59

834,15

Nivel 3

686,13

9605,87

8,24

2076,88

11682,75

859,21

Nivel 4

690,84

9671,70

9,27

2336,49

12008,19

885,54

Nivel 5

695,53

9737,39

10,20

2570,40

12307,79

909,73

Nivel 6

700,24

9803,36

11,21

2824,87

12628,23

935,65

Nivel 7

704,92

9868,91

12,17

3066,49

12935,40

960,46

Nivel 8

709,65

9935,17

19,88

5009,71

14944,88

1127,13

Aplicando subida 3% de aumento a salario base y plus de actividad

*Tablas 2017 2017

*Sueldo base

Anual (14)

*Plus de actividad

Anual

Total anual

Mensual base+plus

Nivel 1

697,04

9758,58

6,55

1649,40

11407,98

834,49

Nivel 2

701,86

9826,09

7,49

1887,68

11713,77

859,17

Nivel 3

706,72

9894,05

8,49

2139,19

12033,24

884,98

Nivel 4

711,56

9961,85

9,55

2406,59

12368,44

912,11

Nivel 5

716,39

10029,51

10,51

2647,51

12677,02

937,02

Nivel 6

721,25

10097,46

11,55

2909,62

13007,08

963,72

Nivel 7

726,07

10164,98

12,53

3158,48

13323,46

989,28

Nivel 8

730,94

10233,22

20,48

5160,00

15393,22

1160,94

*Les comunicamos que a partir del 1 de enero de 2018 y hasta que no haya un nuevo acuerdo y publicación de nuevas tablas, las tablas de aplicación son las del año 2017.