Convenio Colectivo de Sector de CAMPO (14000675011982) de Córdoba
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Convenio Colectivo de Sec...de Córdoba

Última revisión
11/11/2021

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de CAMPO (14000675011982) de Córdoba

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 13 de Octubre de 2021 en adelante

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Acuerdo de 13 de octubre de 2021 de la Comisión Paritaria del 'Convenio Colectivo del Sector del Campo de la Provincia de Córdoba', relativo al Plus de Distancia (Boletín Oficial de Córdoba num. 214 de 11/11/2021)

Visto el Texto del Acuerdo del día 13 de octubre de 2021, de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector del Campo de la Provincia de Córdoba, sobre aclaración del artículo 22 del mismo, relativo al Plus de Distancia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Planes de Igualdad, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, modificado por el Decreto 115/2020, de 8 de septiembre,

ACUERDA

PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo y Planes de Igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.

SEGUNDO. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 26 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Córdoba, Ángel Herrador Leiva.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR AGRÍCOLA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

En Córdoba, siendo las diez y media de la mañana, del día 13 de octubre del dos mil veinte y uno, se reúnen los señores/as relacionados, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Campo de Córdoba, para analizar la consulta realizada a esta paritaria en relación a la interpretación del artículo 22 del Convenio del Campo plus de distancia.

ASISTENTES:

-POR ASAJA:

Don Ignacio Fernández de Mesa y Delgado.

Don Rafael Navas Ferrer.

Don Antonio Arroyo Díaz.

Don Rafael Castellano Pastor.

-POR COAG:

Doña Carmen Quintero Morales.

-POR UGT:

Don Pedro Tellez Guerrero.

Don Antonio Lopera Ordoñez.

-POR CCOO:

Don Rafael Jurado Jaen.

PRIMERO. Se solicita a esta paritaria que se aclare el artículo 22 del Plus de Distancia, debido a que tenemos trabajadores de distintos pueblos de la Campiña Cordobesa y nos reclamen ese kilometraje desde su domicilio al trabajo. El centro de trabajo se encuentra en Santaella (Cordoba), por ello no sabemos si estamos en la obligación de pagar ese plus.

SEGUNDO. Analizado por esta comisión paritaria el artículo 22 del Convenio Colectivo del Campo de Córdoba, se indica que el empresario en caso de no habilitar medio de transporte a los trabajadores, tendrá la obligación de abonar el plus de distancia. Por acuerdo entre empresario y trabajadores se establecerá el número de vehículos necesarios para transportar al personal al centro de trabajo de la empresa.

Sin más asuntos que tratar, esta comisión paritaria decide dar por finalizada esta reunión, siendo las once horas del día arriba referenciado.

POR ASAJA; POR COAG; POR UGT; POR CCOO: Hay varias firmas ilegibles.