Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
21/12/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ALMACENISTAS DE HIERROS, TUBERIAS, ACEROS Y MATERIAL NO FERREO (41000085011981) de Sevilla

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2000

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Revision salarial para los años 2000 y 2001 del Convenio Colectivo de Sector «Almacenistas de hierros, tuberias, aceros y material no ferreo de la provincia de Sevilla» (Codigo 4100085) (Boletín Oficial de Sevilla num. 38 de 15/02/2002)

Preambulo

Visto el Acuerdo de Revisión salarial para los años 2000 y 2001 del Convenio Colectivo de Sector «Almacenistas de hierros, tuberías, aceros y material no férreo de la provincia de Sevilla» (Código 4100085), suscrito por la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME) y las Centrales Sindicales U.G.T. y CC.OO.

Visto lo dispuesto en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC).

Visto lo dispuesto en el art. 2.b del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía,

Acuerda:

Primero

Registrar el Acuerdo de Revisión salarial para los años 2000 y 2001 del Convenio Colectivo de Sector «Almacenistas de hierros, tuberías, aceros y material no férreo» de la provincia de Sevilla.

Segundo

Remitir el mencionado Convenio al CMAC para su depósito.

Tercero

Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo.

Cuarto

Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla, 12 de diciembre de 2001.-El Delegado Provincial, Antonio Rivas Sánchez.

ACTA

En la ciudad de Sevilla, siendo las 12.00 horas del día 11 de junio de 2001, en la Sala de Juntas de la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME), se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Almacenistas de Hierros, Tuberías, Aceros y Material No Férreo de Sevilla, compuesta de los siguientes señores:

Por FEDEME: Don Juan Carlos Núñez García, don Roque Delgado Gómez y don Juan José Gamito Camacho.

Por CC.OO.: Don Joaquín Gordillo Fernández y don Aurelio Escobar López.

Por U.G.T.: Don José Luis García Chaparro, doña Lidia Lacruz Caballero, don Francisco Delgado Domínguez y don Francisco Núñez Jiménez.

Tiene por objeto esta reunión revisar la tabla de salario del Convenio correspondiente al año 2000 (1 enero a 31 diciembre de 2000), una vez conocido el IPC de dicho año; y también confeccionar la tabla de salario aplicable al año 2001 (1 enero a 31 diciembre de 2001).

Tras las oportunas deliberaciones, los reunidos adoptan los siguientes acuerdos:

1. º Aprobar la tabla salarial definitiva del periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2000, cuyas cuantías por categoría profesional se reflejan en el Anexo I que se adjunta.

2. º Aprobar la tabla salarial aplicable al año 2001 (1 de enero a 31 de diciembre de 2001), según se refleja en el Anexo II que se adjunta.

3. º Remitir la presente acta y anexos, firmados por quintuplicado ejemplar, a la Autoridad Laboral, para su registro y publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, siendo las 13.00 horas del día 11 de junio de 2001, se firma la presente acta y anexos por todos los señores asistentes, en prueba de conformidad. (Siguen las firmas.)

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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