Última revisión
Calendario. Convenio Colectivo de Sector de ACTIVIDADES DE DERIVADOS DEL CEMENTO (29000185011981) de Málaga
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017
Aprobacion del calendario laboral para las industrias de derivados del cemento de Malaga y su provincia (Boletín Oficial de Málaga num. 161 de 23/08/2017)
Edicto 5809/2017, de procedencia Consejería de Empleo (Málaga), publicado en el Boletín nº 161 (Suplemento 1) del 23 de agosto de 2017:
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO DELEGACIÓN TERRITORIAL EN MÁLAGA
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LABORAL
Convenio o acuerdo: Derivados del cemento. Expediente: 29/01/0130/2017. Fecha: 11/07/2017. Asunto: Resolución de inscripción y publicación. Código: 29000185011981.
Visto el texto del acuerdo de fecha 24 de febrero de 2017 de la comisión mixta paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Derivados del Cemento, con expediente REGCON número 29/01/0130/2017 y código de acuerdo 29000185011981 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE número 143 de 12 de junio de 2010) esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, acuerda:
1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la comisión mixta paritaria, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.
2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Territorial Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Mariano Ruiz Araújo.
Acta única de aprobación del calendario laboral para las industrias de Derivados de Cemento de Málaga y su provincia.
Comisión mixta paritaria de interpretación
CALENDARIO LABORAL 2017
COMISIÓN MIXTA PARITARIA
REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL DON JUAN COBALEA RUIZ DON JOSÉ ANTONIO MOTA RUBIO DON ALFONSO QUEIPO DE LLANO LÓPEZ-CÓZAR DON JOSÉ ANTONIO HERREZUELO PUEBLA
REPRESENTACION SINDICAL
CCOO-CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS-MÁLAGA DON ALFONSO GALISTEO SIERRA DON MIGUEL ÁNGEL CARMONA BURGOS
MCA-UGT DON JOSÉ MANUEL PALLARÉS GONZÁLEZ DON RAFAEL PANIAGUA MONTAÑÉS
EN LA CIUDAD DE MÁLAGA, SIENDO LAS ONCE HORAS DEL DÍA 24 DE FEBRERO DE 2017, SE REÚNEN, EN ESTA OCASIÓN POR RAZONES DE OPERATIVIDAD, EN LOS LOCALES DE LA EMPRESA SOCIEDAD FINANCIERA Y MINERA DE ESTA CIUDAD, LOS SEÑORES QUE AL MARGEN SE RELACIONAN, TODOS ELLOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ARRIBA MENCIONADA, CON EL SIGUIENTE.
ORDEN DEL DÍA
' CALENDARIO LABORAL 2017
Primero: De acuerdo con el orden del día, se analizan las distintas propuestas aprobándose por unanimidad el calendario para el año 2017 (anexo I) con los siguientes puntos:
' Se consideran como no laborables, en toda la provincia, los días: 27 de febrero, 14 de agosto, 13 de octubre y 7 diciembre.
La jornada ordinaria semanal será de (40) horas de lunes a viernes con las siguientes excepciones:
Jornada especial de 7 horas: Desde el 24 de julio al 1 de septiembre ambos inclusive. Jornada especial de 9 horas: Los días 9, 10 y 11 de octubre.
Segundo: Se acuerda remitir esta acta con su anexo (Calendario Laboral Derivados 2017) a la ilustrísima señora Delegada Provincial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Málaga, para su registro y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. A tal efecto, se faculta a:
Don Antonio Pacheco González.
Sin más asuntos que tratar y en prueba de conformidad, firman la presente acta los señores reseñados al margen.
El Presidente, los Vocales.
ANEXO I CALENDARIO LABORAL DERIVADOS 2017
Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI
NOTAS:
El calendario se ha confeccionado en base a las fiestas locales de Málaga capital. Las diferentes localidades de la provincia, podrán adaptar el mismo a sus propias fiestas locales. Si alguna de las fiestas locales coincidiesen en sábado o no laborable, estas pasarán al día posterior laborable. FA = Fiesta Autonómica / FL = Fiesta Local / NL = No laborable en el sector / 7, 8 y 9 = Día laborable. Para 2017, se establecen las siguientes jornadas especiales: 7 horas desde el 24 de julio hasta el 1 de septiembre ambos inclusive y 9 horas los días 9, 10 y 11 de octubre.
5809/2017